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02/09/2025

Reglamentaron PROMESA, el procedimiento que busca agilizar los reclamos al sistema de salud

Fuente: telam

El Ministerio de Justicia publicó una resolución que establece la obligatoriedad del Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud. Este se creó luego de un incremento del 471,79% de amparos presentados en materia sanitaria

>Hace casi dos meses, luego de que se registrara un aumento del más del 400% en los La medida se hizo efectiva mediante la publicación de la Resolución 1062/2025 en el Boletín Oficial. Además, establecieron la digitalización de trámites para la inscripción y gestión de mediadores en el ámbito federal. La decisión afecta a mediadores, entidades de salud y usuarios del sistema judicial en todo el país.

La resolución sustituye el Anexo I de la Resolución 2740/2012, que regulaba el funcionamiento del Registro Nacional de Mediación, y deroga formularios y requisitos considerados obsoletos.

El nuevo régimen se enmarca en las modificaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 379/2025, que amplió la aplicación optativa de la mediación prejudicial a controversias en materia de salud cuando el requerido sea una entidad comprendida en las Leyes 23.660, 23.661 o 26.682.

La medida también establece que los mediadores en materia de salud deberán contar con una matrícula diferenciada y cumplir con requisitos específicos de antigüedad y ausencia de sanciones vigentes. Los mediadores inscriptos en registros provinciales podrán acceder al registro nacional si acreditan la antigüedad exigida en su jurisdicción de origen, aunque deberán cumplir con la normativa nacional y abonar la matrícula anual correspondiente.

En cuanto a los honorarios, la resolución fija que los mediadores percibirán el equivalente al ítem I de la escala aprobada por el Decreto 1467/2011, independientemente del monto en discusión. Si la mediación culmina con acuerdo, el honorario se incrementará hasta cinco veces ese importe, en función de la especialización requerida en controversias de salud.

El Gobierno también derogó el apartado de actas del Anexo II de la Resolución 2740/2012, estableciendo que la generación y gestión de actas se realizará exclusivamente a través del sistema digital MEPRE, aprobado en 2013.

El propósito principal consistirá en facilitar la resolución de los conflictos que presentan los usuarios del sistema de salud, a la vez que buscará evitar la judicialización y desalentar la proliferación indiscriminada de amparos. Así, PROMESA funcionará como una instancia optativa, diseñada para resolver disputas de forma ágil y con menores costos.

Fuente: telam

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