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10/09/2025

El Gobierno prorrogó la concesión del transporte de carga en la Línea Roca

Fuente: telam

La Secretaría de Transporte extendió por un año la explotación de Ferrosur Roca mientras se define un nuevo esquema contractual con inversión privada

>La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía dispuso la extensión por un año de la concesión ferroviaria de carga otorgada a Ferrosur Roca S.A.. Lo hizo a través de la Resolución 52/2025, publicada en el Boletín Oficial el 10 de septiembre, con el objetivo de asegurar la continuidad del servicio en la Línea General Roca, a excepción del corredor Altamirano–Miramar y de los tramos urbanos.

La prórroga se inscribió en un proceso iniciado en 1992, cuando el Decreto 2681 aprobó el Contrato de Concesión entre el entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y Ferrosur Roca, por treinta años con una posible prórroga de diez.

En 2015, la Ley 27.132 declaró de interés público nacional la reactivación ferroviaria, tanto de cargas como de pasajeros. Esa norma obligó al Poder Ejecutivo a reasumir la administración de la infraestructura y abrió la posibilidad de renegociar contratos de concesión, entre ellos el de Ferrosur. El artículo 4 de esa ley habilitó el acceso abierto a la red ferroviaria nacional, lo que permitió que cualquier operador pudiera transportar carga con origen y destino en cualquier punto de la red.

En junio de 2021, la Resolución 211 del Ministerio de Transporte rechazó un pedido de prórroga de Ferrosur y ordenó continuar la operación en forma precaria por dieciocho meses. Ese esquema se prorrogó en diciembre de 2022 mediante la Resolución 960 y en septiembre de 2024 a través de la Resolución 991, que mantuvo vigente el contrato hasta el 10 de septiembre de 2025.

En julio de 2025, la Resolución 39 de la Secretaría de Transporte dejó sin efecto la norma de 2021 y solicitó a Ferrosur Roca la presentación de una propuesta de adecuación contractual. La empresa presentó una nota el 18 de agosto de 2025 con sugerencias para extender la concesión.

El Gobierno resolvió que la continuidad del servicio debía mantenerse a cargo de Ferrosur hasta tanto se diseñe un nuevo esquema de contratación. El artículo 2 de la Resolución 52/2025 estableció el inicio de actos de gestión para analizar, coordinar y diseñar un nuevo marco de vinculación entre el Estado y el sector privado.

El texto oficial subrayó que el objetivo de ese esquema será favorecer la incorporación de inversiones privadas, mejorar la operación de los servicios y consolidar al transporte ferroviario como eje estructural de la matriz logística nacional y regional.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 525, firmado en junio de 2024, declaró la emergencia pública en materia ferroviaria por veinticuatro meses. Esa norma abarcó la totalidad de las actividades relacionadas con la administración y mantenimiento de la infraestructura, así como la operación de los servicios.

La declaración de emergencia no alteró los efectos de los contratos en ejecución ni modificó las obligaciones de los concesionarios privados. En este contexto, la Resolución 52/2025 señaló que la extensión de la concesión resultaba necesaria para garantizar la prestación del servicio hasta que se concrete un nuevo contrato.

El Gobierno vinculó la prórroga directamente con el desarrollo de Vaca Muerta, al considerar que el corredor operado por Ferrosur Roca es estratégico para transportar arena, equipos e insumos esenciales para la explotación no convencional de hidrocarburos.

La resolución remarcó que las líneas de la concesionaria conforman un sistema de infraestructura interconectado, cuyo funcionamiento debe contemplar la integración de distintas cadenas logísticas. En ese sentido, el texto oficial destacó que la consolidación del modo ferroviario como principal actor de la logística en esa zona resultaba razonable.

El artículo 3 de la resolución ordenó comunicar la medida a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, a la ADIF y a Belgrano Cargas y Logística. El artículo 4 dispuso la notificación a Ferrosur Roca S.A., y el artículo 5 estableció su publicación en el Boletín Oficial.

Fuente: telam

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