04/04/2025
Sobreseyeron a la jubilada que mató a su hijo con autismo en Mendoza

Fuente: telam
Mirta Greco, de 82 años que había sido procesada por el homicidio agravado de Vicente Mazzioti, ocurrido en octubre de 2024 en Guaymallén
>La Justicia de El hecho ocurrió el miércoles 30 de octubre, alrededor de las 14 horas, en una vivienda ubicada en calle Pedro Vargas al 70, en el distrito de Dorrego. Según los informes policiales, vecinos alertaron sobre la presencia de detonaciones de arma de fuego en el interior del domicilio. Al llegar al lugar, los efectivos encontraron a Vicente Mazzioti, de 52 años, con dos heridas de bala, una en la sien y otra en el abdomen. Pese a las lesiones, el hombre aún se encontraba con vida y fue trasladado de urgencia por personal del Servicio de Emergencias Coordinado (SEC) al Hospital Central. Falleció once días después, el 12 de noviembre, como consecuencia de las heridas sufridas.
Desde un primer momento, Greco reconoció haber sido la autora de los disparos. Según consta en la investigación, explicó que ya no estaba en condiciones de seguir cuidando a su hijo, quien vivía con un diagnóstico de trastorno del espectro autista (TEA) y atravesaba crisis frecuentes.Inicialmente, el caso fue caratulado como homicidio en grado de tentativa, lo cual contemplaba penas de entre 10 y 15 años de prisión. No obstante, tras la muerte de Mazzioti, la imputación se modificó a homicidio agravado por el vínculo, con una pena prevista de prisión perpetua. La calificación incluyó también el uso de arma de fuego y la presencia de circunstancias extraordinarias de atenuación, de acuerdo con lo declarado por el fiscal Torres al medio Mendoza Post.
La mujer fue sometida a pericias psiquiátricas y psicológicas por parte del Cuerpo Médico Forense, con el objetivo de evaluar su estado mental y determinar si comprendía la criminalidad de sus actos. Los resultados indicaron que Greco era imputable y que estaba en condiciones de enfrentar un proceso judicial.
A pesar de ello, el fiscal Torres optó por solicitar el sobreseimiento, argumentando que la aplicación estricta de la pena no resultaba proporcional a las condiciones del caso. En particular, se consideró su edad, la situación de salud, las dificultades estructurales para el cuidado de una persona con discapacidad severa, y la ausencia de una red de apoyo.
Fuente: telam
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