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10/02/2026

Un extitular de ARCA, celebró el régimen de Inocencia Fiscal: “La gente podrá gastar su ahorro con total libertad”

Fuente: telam

El exfuncionario remarcó que el nuevo marco normativo habilita mecanismos para formalizar recursos y depositarlos en el sistema financiero, sin presiones tributarias sobre ahorros previamente no declarados

>El ex titular de ARCA, Juan Pazo, afirmó que la reciente reglamentación de la Durante la entrevista, Pazo destacó que la nueva normativa responde a la necesidad de normalizar la situación de millones de argentinos que, a raíz de la presión fiscal, buscaron alternativas fuera del circuito formal. “Venimos de un sistema tributario asfixiante que durante años empujó a los ciudadanos a la informalidad. Hoy, la ley ofrece incentivos concretos para volver al sistema formal y disponer del ahorro genuino”, remarcó el exfuncionario. El objetivo principal es canalizar esos recursos hacia la economía, permitiendo que los ciudadanos accedan a instrumentos de crédito, realicen inversiones o adquieran bienes como viviendas, vehículos o maquinaria.

La Ley de Inocencia Fiscal introduce una modificación sustancial en la relación entre los contribuyentes y el organismo recaudador. Hasta la entrada en vigencia de la norma, todos los ciudadanos se presumían culpables y debían probar la licitud de sus fondos. Ahora, el principio constitucional de inocencia se aplica de forma explícita: “Hoy somos todos inocentes hasta que ARCA demuestre lo contrario”, enfatizó Pazo. Esta perspectiva invierte la carga de la prueba y reduce la persecución sobre los ahorros de origen lícito.

Uno de los aspectos centrales de la normativa reside en los límites que establece para el ingreso al régimen. En términos patrimoniales, el tope se ubica en 10.000 millones de pesos o su equivalente en dólares, siempre y cuando el interesado no supere un ingreso anual de 1.000 millones de pesos (aproximadamente US$ 650.000). El límite total del patrimonio asciende a US$ 6,5 millones. De este modo, la ley apunta especialmente a personas físicas, pequeños y medianos empresarios y ahorristas que, por distintas circunstancias, mantuvieron fondos fuera del sistema.

La bancarización de los fondos constituye un requisito indispensable para acceder a los beneficios del régimen. Pazo explicó que los recursos pueden depositarse en entidades financieras o bien canalizarse a través de la adquisición de bienes, siempre que la operación se registre en el sistema. “Los fondos se tienen que bancarizar en origen o en destino. Puede ir al banco o puede ir a la concesionaria y ésta depositarlos”, aclaró. De este modo, las operaciones quedan documentadas y pueden ser utilizadas para futuras inversiones o compras.

Uno de los objetivos explícitos del Gobierno consiste en fomentar la canalización de ahorros hacia el sistema bancario, evitando que los dólares permanezcan fuera del circuito formal y pierdan capacidad de generación de renta. “Los que tienen los dólares en el colchón están perdiendo una renta”, sostuvo Pazo. El directorio del Banco Nación, según explicó, habilitó mecanismos para recibir estos fondos y ofrecer tasas de interés competitivas: los depósitos en caja de ahorro en dólares rinden un 2,1% anual y los plazos fijos a un año alcanzan el 5%.

La normativa nacional dispone que los intereses generados por depósitos en dólares no tributan impuesto a las ganancias, a partir de una resolución publicada por el Gobierno. Este beneficio apunta a incentivar la formalización y premiar a quienes confíen sus ahorros al sistema financiero. No obstante, Pazo advirtió que las jurisdicciones provinciales pueden aplicar regímenes propios y que es necesario verificar las condiciones específicas en cada distrito.

El nuevo régimen concentra la fiscalización sobre los casos de evasión deliberada y maniobras delictivas, y no sobre quienes buscan normalizar ahorros de origen genuino. El marco legal introduce la figura de “discrepancia significativa”, definida como un ajuste superior al 15% a favor del fisco durante el año en curso. Si un contribuyente pagó en término, el plazo de prescripción baja de cinco a tres años, blindando la situación de quienes utilicen el régimen para formalizar sus recursos.

El ex titular de ARCA subrayó que el régimen busca dejar atrás décadas de un sistema fiscal que consideraba culpables a los ahorristas por defecto. Según Pazo, muchas personas recurrieron a mecanismos informales sólo para proteger sus recursos, incluso después de tributar en cumplimiento de normas nacionales y provinciales. El nuevo sistema propone un esquema en el que la confianza y la presunción de inocencia reemplacen la fiscalización permanente sobre el ahorro privado.

Fuente: telam

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