13/12/2025
Fentanilo mortal: rechazaron excarcelaciones y designaron abogados vinculados a Vittete Sellanes, el cerebro del “robo del siglo”
Fuente: telam
La resolución judicial de Ernesto Kreplak mantiene a Diego García y Javier Tchukrán en las unidades penitenciarias. Ahora deberá decidir la Cámara Federal. Las novedades en la causa que investiga la peor tragedia sanitaria del país
>La causa judicial por la muerte de 173 pacientes tratados con fentanilo elaborado y distribuido por Laboratorios Ramallo y HLB Pharma, empresas propiedad de Ariel García Furfaro, continúa sumando novedades de alto impacto y consolidándose como uno de los expedientes más graves del sistema sanitario y judicial argentino.
En paralelo, el hermano de Ariel García Furfaro volvió a cambiar de abogados defensores. Tras la renuncia de Marcos Aldazábal —abogado de Cristina Fernández de Kirchner— y de Elizabeth Gómez Alcorta, ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad durante el gobierno de Alberto Fernández, cuando CFK se desempeñaba como vicepresidenta, el imputado designó a nuevos patrocinantes que generan menor suspicacia política.
En septiembre de 2024, Storto y Lires también asumieron la defensa de Alan Rodríguez, de nacionalidad uruguaya, barrabrava de Nacional de Montevideo, detenido por su participación en el denominado túnel de San Isidro. Rodríguez fue arrestado luego de que sus huellas dactilares fueran encontradas en el galpón que la banda utilizaba como base operativa para cavar el túnel, ubicado sobre la calle Chacabuco, en San Isidro. En ese lugar, los investigadores hallaron herramientas, planos y una serie de instrucciones detalladas.
El túnel —con el que intentaban robar un banco, emulando el método utilizado por la banda de Vitette Sellanes— tenía una excavación de aproximadamente 200 metros. Comenzaba en un taller mecánico en desuso; sus paredes estaban encofradas para evitar derrumbes, contaba con sistema de ventilación y tendido eléctrico. Durante el procedimiento, la Policía encontró máquinas para la extracción de tierra, bolsones con material excavado y una especie de altillo con dos colchones, utilizado para dormir.El plan delictivo se frustró el 6 de agosto de 2024, cuando un peatón advirtió que una varilla metálica emergía del suelo junto al banco. Al escuchar golpes y percibir movimientos inusuales en el asfalto mientras descargaba mercadería en un local lindero, alertó al personal de la entidad bancaria y dio aviso a la Policía.En relación con el pedido de arresto domiciliario de Diego Hernán García, la defensa -en este caso firmada por Gastón Marano, abogado de su hermano Ariel García Furfaro- presentó un diagnóstico de insuficiencia renal crónica con proteinuria significativa, hipertensión arterial sostenida y antecedentes de obesidad mórbida con cirugía bariátrica, lo que —según argumentó— lo colocaría en riesgo de evolucionar hacia una insuficiencia renal terminal. Se sostuvo que estas patologías requieren controles permanentes, dieta estricta y monitoreo especializado, y que la permanencia intramuros equivaldría a una “condena biológica anticipada”.
El segundo eje del planteo defensivo fue la situación de MPG, hija de diez años del imputado. Según los informes psicológicos acompañados, la menor presenta un cuadro de angustia, estrés postraumático, trastornos del sueño, episodios de tristeza y disminución del rendimiento escolar, agravados por la ausencia del padre, quien quedó como único sostén tras la muerte de la madre.
Sin embargo, el Servicio Local de Moreno, tras realizar un informe socioambiental, concluyó que no existen vulneraciones de derechos visibles, que la niña convive en un entorno que satisface sus necesidades materiales y que su red afectiva se encuentra parcialmente contenida por hermanos mayores y personal de apoyo.
Por su parte, la defensa de Javier Martín Tchukrán (en este caso también firmada por Gastón Marano) fundó su pedido de arresto domiciliario en razones estrictamente humanitarias. Sostuvo que el imputado es el único sostén real y cotidiano de su padre de 78 años, viudo; de su tía RIE, diagnosticada con demencia, internada en un geriátrico y absolutamente dependiente de él para medicación, traslados, insumos y gestiones administrativas; y de su hermana J, con trastorno bipolar severo, antecedentes de internación involuntaria y necesidad de contención emocional permanente. Según la defensa, la ausencia de Tchukrán dejaría sin cuidados esenciales a toda la estructura familiar y podría generar recaídas psiquiátricas graves en su hermana.
El fiscal Juan Francisco Paiva sostuvo que el entorno de la menor MPG cubre sus necesidades esenciales y que la afectación emocional, aunque real, no neutraliza los riesgos procesales previamente señalados por el juzgado. Respecto de Tchukrán, consideró que los argumentos familiares, si bien sensibles, no encuadran en los supuestos legales previstos para el arresto domiciliario, y que el Servicio Penitenciario Federal está en condiciones de garantizar la atención médica de ambos imputados, incluyendo controles externos y traslados hospitalarios.
Entre los fundamentos centrales para rechazar las solicitudes, el juez Ernesto Kreplak remarcó que los riesgos procesales —tanto el peligro de fuga como el entorpecimiento de la investigación— permanecen vigentes, dada la gravedad de la imputación, la escala penal prevista y el rol atribuido a los acusados en la cadena de producción del fentanilo contaminado. Señaló, además, que los informes oficiales no avalan incompatibilidades médicas con el encierro, y que las situaciones familiares expuestas, aunque sensibles, no alcanzan el umbral legal exigido para conceder el beneficio. El magistrado subrayó que la normativa contempla supuestos extremos y que las redes de apoyo familiares, institucionales y médicas existentes permiten garantizar la continuidad de los cuidados sin necesidad de modificar la medida cautelar.
Fuente: telam
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