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15/11/2025

Un padre volvió a Río Negro después de 40 años para pagar la cuota alimentaria de su hija con discapacidad

Fuente: telam

El hombre se había ido a vivir a Chile en la década del 80. No tenía vínculo con su ex pareja ni con sus cuatro hijos

>Un insólito caso tuvo lugar recientemente enLa historia tiene sus raíces a mediados de la década de 1980, cuando el protagonista decidió cortar la relación con su ex pareja, mudándose al país vecino sin brindar cualquier información sobre su paradero. Su ausencia obligó a la mujer a ocuparse en soledad de la crianza de los cuatro hijos que tenían en común y el sostenimiento económico de la familia.

Si bien hoy son todos adultos con independencia económica, una de las chicas tiene una discapacidad que requiere más asistencia. Por eso, tras años de intentos fallidos de contacto, la madre decidió volver a intentar comunicarse con su ex. Y así recurrió al Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC), en Cipolletti, solicitando una mediación alimentaria.

Durante el encuentro, las partes arribaron a un acuerdo: el hombre se comprometió a abonar una cuota alimentaria equivalente al 30 por ciento de su salario de jubilación, más el Sueldo Anual Complementario (SAC). Según lo establecido, los depósitos deberán hacerse entre el 1 y el 10 de cada mes a partir de enero de 2026. También se pactó el pago correspondiente al mes de diciembre mediante transferencia.

Durante más de dos décadas, María Alicia Carrilao, vecina de Cervantes, Río Negro, vivió una situación que consideraba injusta. La propiedad —una vivienda del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV)— había sido adjudicada en 1993 a nombre de ambos, pero solo uno la disfrutó desde entonces.

Con el paso del tiempo, y cansada de sostener alquileres con apenas una pensión, María Alicia decidió acudir a la Justicia. En 2023, presentó una demanda para que se le fijara una compensación económica por los años en que su exmarido utilizó en forma exclusiva la casa que pertenecía a los dos; y obtuvo un fallo favorable.

Tras recibir la demanda, su ex contestó con una negativa general y un relato que intentó revertir la historia. Alegó que su exmujer había abandonado voluntariamente el hogar en 2001, dejando a sus cinco hijos bajo su cuidado. Sostuvo que María Alicia no había contribuido económicamente ni afectivamente en la crianza y la acusó de ser una “madre ausente”.

El planteo, sin embargo, no convenció a la jueza. En su sentencia, la magistrada Ángela Sosa, titular del Juzgado de Familia de General Roca, repudió expresamente el tono peyorativo utilizado por el demandado y su abogado, señalando que los calificativos vertidos contra la mujer resultaban “inadmisibles e innecesarios” desde una perspectiva de igualdad de género.

Fuente: telam

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