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10/11/2025

Se divorció, su exmarido vivió 20 años en la casa conyugal con su nueva pareja y ahora deberá compensarla: “Pedí lo que me corresponde”

Fuente: telam

Tras separarse de su marido, en agosto de 2001, fue ella quien tuvo que abandonar la casa familiar y alquilar una vivienda. Ahora, el hombre tendrá que devolverle lo gastó en las últimas dos décadas. “No quiso vender ni que construyera en la parte de atrás”, contó la demandante

>Durante más de dos décadas, María Alicia Carrilao, vecina de Cervantes, Río Negro, vivió una situación que consideraba injusta. La propiedad —una vivienda del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV)— había sido adjudicada en 1993 a nombre de ambos, pero solo uno la disfrutó desde entonces.

Con el paso del tiempo, y cansada de sostener alquileres con apenas una pensión, María Alicia decidió acudir a la Justicia. En 2023, presentó una demanda para que se le fijara una compensación económica por los años en que su exmarido utilizó en forma exclusiva la casa que pertenecía a los dos; y obtuvo un fallo favorable.

María Alicia, hoy de 63 años, relató a Infobae que al separarse no existían hijos menores de edad, aunque durante su matrimonio habían criado a cinco. A diferencia de otros procesos conflictivos, ella prefirió irse del hogar conyugal porque era víctima de violencia de género. “Me separé porque no lo aguantaba más. Él tomaba mucho y me pegaba”, recordó la mujer.

Mientras tanto, el hombre, encargado de una estancia, continuó viviendo en la propiedad. Ella, por su parte, debía afrontar un alquiler mensual y costear sus propios gastos médicos por problemas de columna. “Él tenía ingresos muy superiores a los míos. Siempre fui ama de casa y me dediqué a la crianza de los chicos. Solo tengo una pensión por invalidez”, especificó, insistiendo en que su reclamo no era más que un pedido de equidad.

“En estos 20 años ya me mudé como cinco veces. Cada vez que me aumentaban el alquiler, tenía que buscarme otro lugar y volver a empezar. Hubo veces que tuve que dejar de comer para pagar las deudas”, reconoció la mujer, que tuvo que pedir un crédito personal para poder afrontar las cuotas de la casa conyugal que aún quedaban por saldar. “Desde que nos divorciamos él nunca más abonó nada. Yo sola me hice cargo de todo”, reconoció.

Cuando ella propuso vender la propiedad, su ex también se negó. “Me gustaría comprarme una casa en General Roca e instalarme allá, pero él no quiere saber nada. No quiere pagar ni tampoco vender. Y si él hoy tiene techo es porque yo pagué las cuotas del crédito que teníamos pendientes”, admitió.

Tras recibir la demanda, su ex contestó con una negativa general y un relato que intentó revertir la historia. Alegó que su exmujer había abandonado voluntariamente el hogar en 2001, dejando a sus cinco hijos bajo su cuidado. Sostuvo que María Alicia no había contribuido económicamente ni afectivamente en la crianza y la acusó de ser una “madre ausente”.

El planteo, sin embargo, no convenció a la jueza. En su sentencia, la magistrada Ángela Sosa, titular del Juzgado de Familia de General Roca, repudió expresamente el tono peyorativo utilizado por el demandado y su abogado, señalando que los calificativos vertidos contra la mujer resultaban “inadmisibles e innecesarios” desde una perspectiva de igualdad de género.

María Alicia, incluso, intentó desistir del proceso en julio de 2025, agotada por la lentitud y el desgaste emocional”, contó a este medio el abogado querellante Esteban Olate, del Estudio de Servicios Jurídicos Integrales.

Además, citó jurisprudencia coincidente: “El cónyuge que ocupa en forma exclusiva un inmueble ganancial durante la indivisión postcomunitaria debe compensar al otro el valor locativo del cual se ve privado”, recordó, subrayando que el objetivo de esta figura es evitar el enriquecimiento injusto de una de las partes tras el divorcio.

En su fallo, la magistrada rechazó los argumentos morales esgrimidos por el demandado y lo instó a reconocer los derechos patrimoniales de su expareja. Además, llamó la atención sobre la obligación de los profesionales del derecho de evitar expresiones discriminatorias o revictimizantes en los escritos judiciales.

El valor, argumentó, debía calcularse sobre una propiedad valuada fiscalmente en más de 2,5 millones de pesos y con base en los más de veinte años de ocupación exclusiva por parte del demandado.

Conocido el fallo adverso, su ex decidió apelar.

Fuente: telam

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