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05/10/2025

Buscan prohibir que los condenados por delitos sexuales trabajen con niños en Mendoza

Fuente: telam

Dos legisladoras presentaron un proyecto de ley para impedir las contrataciones en clubes, escuelas o instituciones de culto. También alcanza a quienes tengan antecedentes por violencia de género

>La Legislatura de La propuesta, girada a comisiones para su revisión, lleva las firmas de las legisladoras María Mercedes Derrache y Adriana Cano, del Frente de Todos.

El proyecto lleva entre sus fundamentos varios casos -que tomaron estado público- de hombres que seguían trabajando con menores luego de haber sido declarados culpables.

El proyecto también abordó el ámbito religioso, donde hay casos similares registrados con ministros o pastores. Mencionaron, por ejemplo, un hecho reciente en la Iglesia Evangélica del Departamento de San Martín, donde hubo un pastor imputado y condenado por el delito de abuso sexual simple agravado.

Además, plantearon la necesidad de “garantizar entornos deportivos, culturales, educativos, sociales y religiosos seguros para niñas, niños y adolescentes”, aun cuando las penas no impliquen prisión efectiva.

Las autoras de la iniciativa también destacaron que el proyecto busca brindar “una regulación concreta de protección extra en aquellos ámbitos donde pueden ser expuestos nuestros menores”. La vara mínima de cuidado que se propuso fue la exigencia de que el adulto a cargo, sea docente, tutor, entrenador o educador espiritual, presente un certificado de antecedentes penales antes de su contratación para verificar que no tenga condenas por los delitos mencionados.

La iniciativa estableció modificaciones concretas a dos leyes provinciales.

Asimismo, se incorpora el Artículo 42 bis a esa misma ley, denominado “Prohibición de contratación a personas condenadas por delitos sexuales”.

La restricción aplica aunque la sentencia fuera en primera instancia y la pena fuera de cumplimiento en suspenso, según se desprende de la redacción original del proyecto.

En segundo lugar, el proyecto modifica el artículo 13 de la Ley de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes N° 9.139.

Finalmente, se postuló instruir al Ministerio de Educación a que revea su normativa de contrataciones para evitar vinculaciones laborales con personas condenadas por los delitos mencionados, en trabajos donde realicen tareas con niños, niñas y adolescentes.

El proyecto también establece la adhesión a la Ley Nacional N° 27.709, conocida como “Ley Lucio”. Se fijó la capacitación obligatoria en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes y en la temática relativa al maltrato y la violencia infantil.

Fuente: telam

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