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01/10/2025

Fentanilo mortal: la justicia amplía la investigación por desvío y “relajamiento generalizado de los controles y medidas vigentes”

Fuente: telam

El juez Ernesto Krepak profundiza su pesquisa sobre fallas en laboratorios, irregularidades en la trazabilidad y la posible “comisión de delitos contra la administración pública”

>El juzgado federal de La Plata a cargo de Ernesto Kreplak que investiga la contaminación de fentanilo vinculado a la posible muerte de 126 pacientes, intensifica las investigaciones sobre la posible comisión de delitos contra la administración pública por parte de funcionarios o empleados involucrados en el control, fiscalización o habilitación de los laboratorios, y la posible “connivencia, omisiones dolosas o corrupción administrativa”.

Además de los domicilios de Bisio y Mantecón Fumadó,Kreplak también requisó los domicilios de Ana Laura Canil, directora de fiscalización y gestión de riesgo del INAME; Mariela Baldut, directora de poscomercialización y acciones regulatorias del INAME; y Maximiliano Carlos Lalin, jefe de departamento de inspectorado del INAME.

“La investigación debe proyectarse también sobre los funcionarios o empleados de la administración pública que hayan tenido bajo su cargo o responsabilidad el control, fiscalización o habilitación de los laboratorios intervinientes, a los fines de determinar la posible comisión de delitos contra la Administración Pública en caso de verificarse la existencia de connivencia, omisiones dolosas o conductas vinculadas a la corrupción administrativa. >Y se aclara que: “La pesquisa no debe limitarse solo a la actuación de la empresa farmacéutica, sino que corresponde indagar la actuación de las distintas instancias estatales encargadas de la fiscalización y control, en orden a deslindar su eventual responsabilidad penal”.

En la resolución, el juez federal explicó que durante sus pesquisas detectó un “relajamiento generalizado de los controles y medidas vigentes” en la producción de los medicamentps de HLB Pharma y Laboratorios y Ramallo.

Así como Ernesto Kreplak entiende que hay que investigar si hubo demora de los funcionarios en sancionar a los laboratorios de la familia García Furfaro por los “desvíos de calidad” que se detectaron y que a posteriori: “No surge que se haya constatado -por parte de las autoridades-la subsanación de las falencias advertidas”, el juez destacó las advertencias que realizaron los organismos de control que depende del Ministerio de Salud.

El juez señala que los organismos de control, en particular la ANMAT y el INAME, cumplieron su tarea de advertir, inspeccionar y documentar reiteradas irregularidades, pero esas advertencias fueron desoídas por los responsables del laboratorio. Sostiene que “las alertas y observaciones de las autoridades regulatorias fueron claras, insistentes y debieron haber llevado a la suspensión de la fabricación hasta su total subsanación”.

También destacó que la ANMAT “comunicó formal y reiteradamente las numerosas y graves deficiencias, pero los directivos del laboratorio decidieron continuar la producción a pesar del riesgo”.

Además, mencionó: “Ni las apuntadas deficiencias, ni las inspecciones, ni la intervención de la autoridad regulatoria, ni la gravedad de los antecedentes, impidieron que la empresa insistiera en la producción y liberación de lotes de fentanilo sin la garantía mínima de seguridad exigida legalmente”.

El fentanilo es un opioide sintético al menos cien veces más potente que la morfina, cuyo uso legal está restringido al ámbito sanitario intrahospitalario y no está disponible al público general ni para su uso ambulatorio.

Según la resolución emitida por el Juzgado Criminal y Correccional Federal de La Plata N.º 3, se han detectado múltiples falencias en los procesos de producción, incluyendo la ausencia de control y de registros adecuados sobre la cantidad producida y el destino de cada lote.

Entre las deficiencias se cuentan el bajo rendimiento de materia prima –con discrepancias no investigadas–, defectos críticos de cierre, irregularidades en la planificación y cronología de fabricación, y controles de calidad ineficaces o inexistentes.

Un eje central de la pesquisa es el desvío de fentanilo: la ausencia de un sistema informatizado y eficaz de trazabilidad, sumada a la falta de identificación unívoca de las ampollas desde su producción hasta su administración, impidió tanto la rápida inmovilización del producto como la reconstrucción total de la cadena de comercialización.

La causa penal incorporó testimonios y documentación que exponen un cuadro de “relajamiento generalizado de los controles y medidas vigentes” así como “prolongadas inobservancias” de las normas regulatorias entre 2018 y 2025.

Los abogados defensores de los 14 procesados ya anunciaron que apelarán la medida dispuesta por el juez Kreplak. Ante una consulta de Infobae, Gastón Marano, letrado de Ariel y Diego García y Javier Martín Tchukrán, director de Manufactura de HLB Pharma Group SA expresó estar en desacuerdo con la “caracterización que el juez hace como un delito doloso, es decir que hubo intención de dañar, cuando, claramente, toda la prueba apunta a una negligencia, y no a una intención”. Y opinó: “Cómo tendría intención Ariel García de fundir su propio laboratorio, enfermar gente y terminar como el enemigo público número uno. Lo mismo los empleados”.

Según pudo saber este medio, la abogada penalista Milagros Grassi , ya presentó la apelación al procesamiento de Nélida Furfaro.

Entre los argumentos principales esgrimidos por Grassi se destaca:

    Por su parte, el juez, le imputó a la madre de Ariel García:

      Las razones principales invocadas por el magistrado para fundamentar la imputación son:

        Fuente: telam

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