Miércoles 17 de Septiembre de 2025

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17/09/2025

Qué hacer si no figuro en el padrón electoral de las elecciones del 26 de octubre

Fuente: telam

Desde este martes se puede verificar la inclusión en la nómina de electores. Cuál es el procedimiento a realizar en caso de no aparecer en el listado definitivo

>La publicación del padrón definitivo para las Desde este martes se puede verificar la inclusión personal en la En los próximos comicios nacionales se renovarán 127 diputados y 24 senadores nacionales en distritos como Ciudad de Buenos Aires, Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

La BUP consiste en una papeleta que reúne en un solo documento a todos los candidatos, categorías de cargos y partidos políticos habilitados para la elección, lo que representa un cambio significativo respecto a los métodos tradicionales.

Para consultar la inclusión en el padrón, el elector debe ingresar al sitio web www.padron.gov.ar, seleccionar la sección “Elecciones Nacionales” y completar los campos requeridos: Documento de Identidad Nacional (DNI) sin puntos ni letras, género elegido, distrito y el texto de verificación de una imagen. También se puede realizar acá:

A través de esta consulta, el sistema brinda el número de orden, la mesa y el establecimiento asignado para emitir el voto.

En caso de detectar errores u omisiones en los datos personales -como nombre, apellido, género, domicilio o distrito-, o si se requiere solicitar la eliminación de personas fallecidas del padrón provisorio, los ciudadanos tienen un plazo de 9 días para corregir cualquier error u omisión detectado en el padrón definitivo, limitándose únicamente a la enmienda de erratas u omisiones.

Para los residentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), este trámite debe realizarse de manera presencial en la Secretaría Electoral del Juzgado Federal N° 1 con competencia electoral, ubicada en Tucumán 1320.

El derecho al voto en Argentina abarca a los ciudadanos nativos y por opción desde los 16 años, y a los naturalizados a partir de los 18 años, siempre que figuren en el padrón electoral.

Para emitir el voto, cada elector debe presentar un documento habilitante, que puede ser la libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI libreta verde, DNI libreta celeste, tarjeta del DNI libreta celeste con la leyenda “NO válido para votar” o el DNI tarjeta. No se permite sufragar con un ejemplar anterior al que figura en el padrón ni con el DNI digital en el teléfono móvil.

De acuerdo al artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, así como las personas mayores de 70 años, no estarán incluidos en el Por lo tanto, en estos casos, la emisión del voto es opcional, y no es necesario justificar su ausencia en caso de no participar en las elecciones.

Fuente: telam

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