28/08/2025
¿Es obligatorio votar el 7 de septiembre en las elecciones Buenos Aires 2025?

Fuente: telam
En estos comicios se renovarán 46 diputados y 23 senadores provinciales, además de cargos municipales, el voto será obligatorio para una franja etaria y existen causales previstas por ley para justificar la no concurrencia
>El próximo Ese domingo, se renovarán parcialmente ambas cámaras de la Legislatura bonaerense y se definirán cargos municipales como concejales y consejeros escolares.
En total, se elegirán 46 diputados y 23 senadores provinciales, así como representantes a nivel local, en una jornada que abarcará a las 8 secciones electorales en las que se divide el territorio bonaerense. Pero, ¿es obligatorio ir a votar?La legislación vigente establece que el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años, tanto en elecciones nacionales como provinciales. Así lo confirma la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires (Ley 5109), cuyo artículo 2°, modificado por la Ley 14.456, indica que son electores habilitados “los argentinos nativos y por opción desde los dieciséis (16) años de edad y los naturalizados desde los dieciocho (18) años”, siempre que estén inscriptos en el Registro Electoral y no estén alcanzados por inhabilidades legales.Existen casos en los que no votar no constituye una infracción, siempre que se justifique debidamente la ausencia. Según la normativa, no están obligados a votar los ciudadanos que cumplan con las siguientes condiciones:
- En todos los casos, la ausencia debe acreditarse con la documentación correspondiente y presentarse ante la Justicia Electoral dentro del plazo legal establecido.Quienes no asistan a votar sin una justificación válida y no regularicen su situación dentro de los 60 días posteriores a la elección, serán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que puede derivar en multas económicas y restricciones administrativas.
La justificación de la inasistencia debe realizarse en un plazo de 60 días hábiles posteriores al comicio, y puede gestionarse de forma digital a través del Registro de Infractores de la Junta Electoral.
La plataforma también solicita un número de teléfono y una dirección de correo electrónico, y permite seleccionar el motivo de la no emisión del voto para luego completar la gestión.
Para saber si se figura en el Registro de Infractores, es necesario ingresar al portal de la Cámara Nacional Electoral (En caso de aparecer en el registro, se deberá proceder al pago de la multa conforme al Artículo 125 del Código Electoral Nacional y la Acordada 3/2013 de la Cámara Nacional Electoral. Este pago puede realizarse a través del Banco Nación o mediante medios electrónicos habilitados.Para verificar el lugar y mesa de votación, los electores podrán consultar el padrón electoral en el sitio web oficial de la Cámara Nacional Electoral (Esa herramienta digital permite conocer con anticipación el establecimiento de votación asignado, así como confirmar si los datos personales figuran correctamente en el registro.
Fuente: telam
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