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08/07/2025

La Corte Constitucional de Ecuador no ha recibido la solicitud para el referéndum anunciado por Daniel Noboa

Fuente: telam

El máximo tribunal confirmó a Infobae que no ha recibido ningún requerimiento para convocar la consulta que el presidente anunció en su visita a Italia

>La Corte Constitucional del Ecuador aclaró que, hasta el momento, no ha recibido ningún requerimiento relacionado con el referéndum que el presidente Daniel Noboa anunció públicamente durante su visita a Italia para decidir sobre el retorno de bases militares extranjeras al país. La declaración del máximo tribunal constitucional se dio en respuesta a una consulta formal enviada por Infobae, luego de que La Corte subrayó que, conforme al artículo 436 de la Constitución, no emite comentarios ni valoraciones sobre declaraciones hechas por actores políticos en otros espacios, ya que esto podría implicar un adelantamiento de criterio respecto de asuntos que podrían ser sometidos a su conocimiento. Por lo tanto, evitó referirse directamente a las afirmaciones del presidente, pero confirmó que en este momento no hay en trámite ningún proceso relacionado con la convocatoria de una consulta popular sobre bases militares.

En su comunicación oficial, la Corte recordó que ya emitió el dictamen 5-24-RC/24, en el cual estableció que la vía adecuada para tramitar la propuesta del presidente Noboa —una reforma al artículo 5 de la Constitución— es la reforma parcial con referéndum posterior, según lo previsto en el artículo 442 de la Carta Magna. Este dictamen, de carácter vinculante y con efectos generales, fue emitido a fines de 2024 y habilitó al Ejecutivo y a la Asamblea Nacional para continuar con el trámite constitucional correspondiente.

En efecto, el Legislativo aprobó la reforma el 3 de junio de 2025, con 82 votos afirmativos, permitiendo que el proyecto avance hacia la siguiente etapa: la revisión por parte de la Corte Constitucional del texto que se someterá a referéndum. Según el procedimiento establecido en el artículo 104 de la Constitución, toda pregunta de consulta popular debe pasar por un control previo de constitucionalidad. Esta revisión garantiza que el contenido sometido al voto ciudadano no vulnere derechos fundamentales ni principios del orden constitucional.

Pese a esta exigencia, el Ejecutivo aún no ha remitido a la Corte ninguna propuesta de pregunta ni solicitud para habilitar el referéndum anunciado por el presidente en Europa. En su declaración para Infobae, la Corte enfatizó: “De momento, no existe en trámite ante la Corte ningún requerimiento relacionado con el eventual referéndum. En caso de que se formulen preguntas para consulta popular, estas deberán ser sometidas a control previo de constitucionalidad”.

En la entrevista concedida al medio italiano, Noboa sostuvo que el Ecuador necesita ayuda internacional para enfrentar a grupos criminales que calificó como “terroristas” y aseguró que durante los gobiernos anteriores existió una “paz mafiosa” que permitió la expansión de estas organizaciones. Además, afirmó que una base extranjera —como la que operó en Manta— sería útil para el control marítimo del narcotráfico y para combatir la minería ilegal.

La declaración de la Corte Constitucional, sin pronunciarse sobre el fondo del tema, marca una diferencia entre el discurso político y los procedimientos legales vigentes. Mientras el Ejecutivo anticipa un referéndum como un hecho consumado, el tribunal recuerda que aún no se han cumplido los pasos necesarios para que esa consulta sea viable.

Fuente: telam

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