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07/07/2025

Condenaron a cuatro delincuentes por asaltar a un matrimonio en Mar del Plata: uno de ellos era sobrino de las víctimas

Fuente: telam

La Justicia resaltó la gravedad del hecho dado que el familiar de las víctimas proporcionó datos vitales a los autores del violento robo

>En la madrugada del 22 de mayo de 2024, el barrio Termas Huincó, en Mar del Plata, fue escenario de un violento asalto en el que un matrimonio de la zona fue atacado en su hogar por cuatro hombres, entre ellos un familiar directo. A más de un año del crimen, los delincuentes fueron condenados por la Justicia.

Una vez dentro, los atacantes agredieron físicamente a las víctimas para inmovilizarlas, utilizando golpes de puño. Durante el robo, se apropiaron de varios objetos de valor, entre ellos una alianza de oro, una cadena de oro y alrededor de $120.000 en efectivo. La tensión aumentó cuando, al llegar la Policía, alertada por un vecino, uno de los asaltantes amenazó al dueño de casa con un cuchillo, exigiendo la apertura de la puerta trasera para facilitar la huida.

La investigación, bajo la dirección del fiscal Mariano Moyano, permitió establecer que los agresores actuaban con el respaldo de información precisa suministrada por un cuarto hombre: Emiliano Andrés Berghella, sobrino de la mujer asaltada.

Berghella tenía como tarea aportar datos sobre los hábitos y los bienes de las víctimas, además de mantener comunicación telefónica durante el hecho para advertir ante cualquier incidente no previsto.

La causa estuvo a cargo del juez Fabián Riquert, quien evaluó la participación de cada uno de los implicados. Con base en las pruebas reunidas, el magistrado imputó penalmente a Damián Arcenegui, Lucas Guerrero y Marcos Hernández López como coautores del delito de robo agravado por haberse cometido en lugar habitado y en banda, con escalamiento, daño en la propiedad y uso de arma blanca en grado de tentativa

Por otro lado, Berghella fue hallado partícipe necesario, en calidad de entregador y vigía. En su caso, el juez consideró agravante su relación familiar con las víctimas al momento de determinar la pena y, como atenuante, la ausencia de antecedentes penales.

El criterio adoptado estuvo fundamentado en la gravedad de la agresión, en el contexto de la vulnerabilidad de adultos mayores en su propio domicilio, así como en la falta de antecedentes de algunos de los acusados.

El juez subrayó que la nocturnidad, la planificación y el vínculo familiar agravaron la maniobra.

Fuente: telam

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