Sábado 26 de Abril de 2025

Hoy es Sábado 26 de Abril de 2025 y son las 18:59 ULTIMOS TITULOS:

26/04/2025

Crece la desconfianza de la oposición sobre el interés libertario de aprobar Ficha Limpia

Fuente: telam

El 7 de mayo es la fecha establecida para ir al recinto, pero los movimientos del oficialismo en el Senado y la campaña porteña ponen en duda su aprobación

>El pasado 12 de febrero la Cámara de Diputados le daba media sanción al proyecto de ley de Ficha Limpia. El Senado puede lograr su aprobación recién el próximo 7 de mayo, casi tres meses más tarde.

Sin embargo, a pesar de esto, en varios bloques hay desconfianza respecto de lo que puede hacer el oficialismo. Hay muchas teorías respecto de lo que puede llegar a suceder el 7 de mayo, y mucho más luego de la reunión de Labor Parlamentario en donde se definió esa fecha.

“Hubo fuerte discusión con senadores Francisco Paoltroni de Formosa y con Edith Terenzi de Santa Cruz para acelerar el tratamiento de la ley. Se acordó dejarlo para más adelante y al libertario, en medio de la discusión, se le escapó que a ellos avanzar con la ley no les quita el sueño >Esa frase, más la apertura de sumar otros delitos como causante de restricción para participar de una elección nacional -era solo para fallos sobre causas de corrupción y se le sumarían trata de personas y narcotráficos- explica las dudas del resto sobre las intenciones del oficialismo.

El propio senador por Santa Cruz, José María Carambia, quien era uno de los señalados que impedía la sanción y que en los últimos días dijo que iba a votar por la aprobación, señala que la norma no sale “porque los libertarios negocian con el kirchnerismo. Son ellos los que tienen que llamar a sesionar y no lo hicieron durante estos meses”.

El kirchnerismo niega esas negociaciones y señalan que las razones de LLA son electorales, pero no por los comicios nacionales sino por la disputa porteña.

“Todos negocian con nosotros, el PRO dice que los libertarios negocian con nosotros. Los libertarios dicen que el PRO negocia con nosotros. Lo cierto es que nosotros tenemos a todos nuestros senadores en el mismo lugar, seguimos diciéndoles que si quieren que vengan al recinto. El problema es de ellos”, agregó.

En el mundo de LLA señalan que observan al PRO mucho más preocupado en el “copyright” de la ley más que en su sanción. Al término de Labor Parlamentaria, un legislador confió a este medio: “Nosotros estamos para votarla esta misma semana o la siguiente, pero el oficialismo prefirió que pasara todo al 7 de mayo y es lo que se pudo acordar con otros que, al final, se sumaron a esa jugada”.

La norma modifica las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y bloquearía a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública, como el caso de Cristina Kirchner.

En concreto, abraza a los “delitos de fraude en perjuicio de la administración pública contemplado en el artículo 174, inciso 5 del Código Penal”. También, a los “delitos previstos en los capítulos VI-Cohecho y tráfico de influencias, VII-Malversación de caudales públicos, VIII-Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, IX-Exacciones ilegales, IX bis-Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y XIII-Encubrimiento, todos ellos contemplados en el título XI-Delitos contra la administración pública, del libro segundo del Código Penal”.

En Diputados se eliminó la denominada “cláusula Petri” -en referencia al texto que produjo, entre otros, el ministro de Defensa, Luis Petri-, por lo que el artículo uno sostendrá la vigencia de la Ficha Limpia en “aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”. Es decir, a la confección de los padrones hasta 180 días antes de la elección general.

Por otra parte, “si la confirmación de la condena en instancia superior se produjera con posterioridad a dicho plazo, la prohibición tendrá efecto a partir de la finalización del proceso electoral”. En tanto, “la ilegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior, hasta su eventual revocación o hasta el cumplimiento de la pena correspondiente”.

Junto a los cargos electivos, los involucrados en la ley tampoco podrán ser designados como “jefe de Gabinete de Ministros, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados e instituciones de la Seguridad Social”, así como de cuerpos colegiados, personal diplomático, ni representantes en empresas con participación estatal de cualquier clase.

Fuente: telam

Compartir

Comentarios

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!

  • Desarrollado por
  • RadiosNet