18/03/2026
Facilidades para desalojar y cambios en las expropiaciones: cómo es el proyecto de propiedad privada del Gobierno
Fuente: telam
La mesa político se reunió en la Casa Rosada y decidió avanzar, entre otros puntos, con esta iniciativa. Cómo se diseñó y las principales modificaciones al régimen actual
El Gobierno ya decidió cuáles serán las primeras reformas que impulsará en este nuevo periodo de sesiones ordinarias en el Congreso y en el temario hay un proyecto sobre propiedad privada que, entre otros puntos, facilita y agiliza los procesos de desalojo en caso de la ocupación ilegal de un inmueble, al mismo tiempo que modifica algunos aspectos del régimen de expropiaciones.
Si bien el texto ya se encuentra listo desde hace varios meses, las autoridades nacionales decidieron postergar el debate y no enviarlo durante el verano, cuando se trataron otros asuntos, como la modernización laboral y el régimen penal juvenil.
Ya con los legisladores nuevamente en actividad, la mesa política libertaria se reunió el martes en la Casa Rosada para terminar de definir la estrategia parlamentaria para esta primera etapa del 2026 y se acordó impulsar esta iniciativa.
Püntualmente, el oficialismo propone introducir cambios en la Ley de Expropiaciones, el Código Procesal Civil y Comercial, y otras normas vinculadas al dominio y uso de inmuebles, con el objetivo de agilizar la restitución de bienes ocupados de forma irregular y fortalecer las garantías de los propietarios.
Uno de los puntos de la iniciatova es que establece que la acción de desalojo podrá ser promovida no solo por el titular registral, sino también por locadores, usufructuarios, poseedores y cualquier persona que acredite derecho legítimo de uso.
El proceso se tramitaría bajo la modalidad de juicio sumarísimo, lo que implica plazos y etapas mucho más breves que en la actualidad.
Entre las principales innovaciones, el artículo 680 bis del Código Procesal Civil y Comercial, según la versión propuesta, determina que en casos de desalojo contra tenedores precarios, intrusos o usurpadores, el juez deberá "disponer la inmediata entrega del inmueble con la presentación del título de propiedad por parte del accionante, previa caución juratoria" y "la entrega deberá hacerse efectiva dentro de los cinco días de efectuada la solicitud del actor"
Asimismo, se reincorpora un apartado específico sobre "intimación de pago y desalojo de viviendas" que marca que, si el lugar es para uso habitacional, ante el incumplimiento del alquiler, "el locador debe intimar fehacientemente al locatario" a que abone la cantidad debida, "otorgando para ello un plazo que nunca debe ser inferior a tres (3) días corridos".
El proyecto también introduce cambios en las notificaciones procesales, autorizando que se realicen en el domicilio electrónico constituido y estableciendo que la ausencia de identificación numérica en la vivienda no impedirá la localización y notificación efectiva.
En materia de desalojos por falta de pago o vencimiento de contrato, la propuesta habilita la desocupación inmediata bajo caución juratoria y presentación del título de propiedad, replicando el procedimiento ágil previsto para tomas y ocupaciones irregulares.
La normativa también establece que se deberá autorizar expresamente el uso de la fuerza pública, el allanamiento y la apertura de cerraduras, incluso si no hay nadie en la propiedad, así como la designación de depositarios para los bienes muebles hallados en el lugar.
Por otra parte, en lo referido a la expropiación, uno de los cambios está en las indemnizaciones, que si se aprueba esta ley, se ordenará la actualización del monto según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y se publicaría en plataformas oficiales, con la obligación de realizar al menos dos tasaciones independientes.
Además, se aclara que, "en caso de tratarse de una empresa que cotiza en bolsa, se deberá tomar el valor bursátil en una fecha previa a la noticia de expropiación".
También se especifica que "no existirá transferencia de dominio sin previo pago íntegro de la indemnización correspondiente" y que "la ocupación temporánea anormal, sólo podrá ser dispuesta por el Poder Ejecutivo" -actualmente es cualquier autoridad administrativa- y sí "dará lugar a indemnización por los daños y perjuicios ocasionados", algo que por ahora está expresamente rechazado.
Por último, también se incorporaría un artículo que indica que "en ningún caso podrá disponerse la ocupación temporánea anormal" respecto de empresas, sociedades u otras personas jurídicas; acciones o cuotas partes de sociedades; ni ningún bien sujeto a expropiación.
"Cuando sea necesario asegurar la continuidad operativa de sociedades industriales, comerciales o de servicios públicos durante el trámite expropiatorio, podrá solicitarse al juez la veeduría o intervención judicial en los términos de los artículos 113 y siguientes de la Ley General de Sociedades o aquellos que los modifiquen o reemplacen, si su procedencia fuera justificada", se precisa.
La medida fue diseñada en el marco del Consejo de Mayo, el grupo interdisciplinario creado por el presidente Javier Milei para traducir en proyectos legislativos los puntos del pacto homómino que firmó junto a la mayoría de los gobernadores en el 2024.
El cuerpo estuvo liderado por el jefe de Gabinete -Guillermo Francos, primero, y Manuel Adorni, después- e integrado por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, en representación del Poder Ejecutivo; el gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, por las provincias; la senadora Carolina Losada (UCR), por la Cámara Alta; el diputado Cristian Ritondo (PRO), por la Cámara Baja; el presidente de la UIA, Martín Rappallini, por el empresariado, y el secretario general de la UOCRA, Gerardo Martínez, por los sindicatos.
Fuente: telam
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