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28/02/2026

Tras la sanción de la reforma laboral, qué cambia para los repartidores de Pedidos YA, Rappi y otras aplicaciones

Fuente: telam

El nuevo marco jurídico ratifica la autonomía de los repartidores, garantiza la libertad de conexión y obliga a las empresas a brindar seguros de accidentes personales

>La sanción definitiva de la reforma laboral en el Congreso de la Nación ha consolidado un nuevo marco jurídico para el sector de las plataformas digitales de reparto y movilidad en la Argentina. La normativa, que ya es ley, establece por primera vez una definición específica para los trabajadores del sector, ratifica su carácter de prestadores independientes y fija un catálogo de derechos y obligaciones que las empresas del rubro deberán cumplimentar.

Desde el sector empresarial, el respaldo a la nueva normativa fue rotundo. Gabriel Buenos, director de Asuntos Corporativos de Rappi, destacó durante el debate legislativo y en entrevistas recientes que el nuevo marco legal “interpreta bien las necesidades de los trabajadores de plataforma”. El directivo subrayó que el activo más valorado por los repartidores es la autonomía para gestionar su tiempo, un aspecto que la ley ahora garantiza formalmente.

“Casi el 70% de los repartidores utiliza la aplicación menos de veinte horas semanales”, advirtió Buenos, remarcando que para la mayoría se trata de una fuente de ingresos complementaria que no encaja en los esquemas del siglo pasado. Para Buenos, la ley viene a “definir estándares para una industria en crecimiento que potencia el comercio local”.

A pesar de ratificar la independencia de los prestadores, la ley incorpora una serie de normativas hasta ahora inexistentes o libradas a la política interna de cada firma. Entre los puntos más destacados se encuentran:

Transparencia algorítmica: las plataformas están obligadas a informar los criterios utilizados para la agrupación y categorización de servicios. Estos datos deben ser accesibles digitalmente y estar redactados en lenguaje claro.

Portabilidad de datos: los trabajadores podrán solicitar sus datos de desempeño y actividad en un formato estructurado para transferirlos a otras aplicaciones, facilitando la continuidad laboral en diferentes ecosistemas digitales.

El nuevo esquema también impone responsabilidades estrictas para los repartidores. Para operar, los prestadores deben ser titulares de su propia cuenta, estar inscriptos ante las autoridades fiscales y cumplir con sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Esto incluye el pago de aportes que garanticen el acceso a la Prestación Básica Universal (PBU), pensiones y al Sistema Nacional del Seguro de Salud.

En materia de seguridad, la ley establece la obligatoriedad de contar con un seguro de accidentes personales. La póliza debe cubrir fallecimiento accidental, incapacidad total o parcial, gastos médicos y costos funerarios derivados de la actividad. No obstante, la norma deja un punto abierto: “La responsabilidad de la provisión de este seguro y los gastos asociados al mismo serán objeto de libre acuerdo entre las partes involucradas”, aclara el articulado, subrayando que la contratación de estas coberturas no constituye indicio de relación de dependencia.

Otro pilar de la reforma es la formación obligatoria y gratuita a cargo de las empresas. Las plataformas deben ofrecer cursos sobre el uso de la infraestructura digital y seguridad vial.

Sin embargo, el marco legal se implementa en un contexto económico complejo para el sector. De acuerdo con el “índice APP” de la Fundación Encuentro, a finales de 2025 un repartidor promedio necesitó completar 454 pedidos mensuales para cubrir el costo de la Canasta Básica Total de un hogar de cuatro personas. Si bien el indicador mostró una mejora relativa respecto a mediciones previas, también puso de manifiesto la disparidad de ingresos según la plataforma utilizada y la zona de cobertura.

Fuente: telam

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