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20/02/2026

Qué dice el artículo de la reforma laboral que obliga a los abogados a pagar gastos del juicio con su propio patrimonio

Fuente: telam

La ley aprobada en el Congreso introduce una novedad que generó descontento entre los profesionales

>La Se trata de modificaciones a los artículos 20 y 277 de la Ley 20.744, que incorpora la “pluspetición inexcusable”, una figura que busca establecer un criterio objetivo frente a reclamaciones excesivas de créditos. Su aplicación podría derivar en que los abogados asuman responsabilidad solidaria en el pago de costas, en caso de que un juez detecte sobreestimaciones en los montos reclamados.

Alejandro González Rossi, profesor del Departamento de Derecho Laboral de la Universidad Austral, explicó que la figura de la “pluspetición inexcusable” existe desde hace décadas en el Código Procesal Civil y Comercial. Se aplica cuando una persona pide un monto excesivo en un juicio, y puede derivar en que el litigante deba pagar las costas del proceso, incluidos los honorarios de la otra parte y la tasa de justicia del expediente.

Según resaltó el especialista, la novedad de la reforma es que introduce esta figura específicamente para los abogados que participan en juicios laborales. La norma señala que, objetivamente, podría haber un exceso en los reclamos y que, en esos casos, se debería condenar al abogado solidariamente. Esto busca aplicar la figura en un ámbito particular, distinto de la generalidad que regía hasta ahora.

En los juicios laborales, donde rige la gratuidad para los empleados, si un trabajador pierde, generalmente no se le puede cobrar. Aunque se le puedan imponer las costas, no se le puede ejecutar sobre su casa. Esto implica que un empleador que gana el juicio debe pagar igualmente a su abogado y cubrir los gastos del expediente, aun cuando la norma considere que hubo un exceso en la demanda.

Walter Mañko, Socio en Deloitte Legal, sostuvo que se considera que, si como resultado de un juicio un abogado promueve un reclamo infundado, irracional y completamente desproporcionado en comparación con lo que sería la lógica habitual de un reclamo laboral, podría existir responsabilidad.

“Ese es el criterio que fundamenta el artículo 20 vigente. Si me preguntas si se registran muchas condenas de este tipo, la verdad es que no. En la mayoría de los casos en que se rechaza una demanda, los jueces suelen disponer que las costas sean soportadas por el acusado, considerando que el trabajador podía legítimamente entender que tenía derecho a presentar su reclamo”, dijo Mañko.

Ahora, detalla Mañko, el texto dispone que si de los antecedentes del proceso resultase pluspetición inexcusable, esta se configurará de manera objetiva en caso de sobreestimación de los créditos reclamados.

“La nueva ley establece que las costas deberán ser soportadas solidariamente entre la parte —es decir, el trabajador— y el profesional actuante”, explicó el abogado.

Por su parte, el Colegio Público de la Abogacía de CABA expresó en una carta enviada al Congreso que “lla ambigüedad del concepto genera un riesgo patrimonial directo para quienes ejercen la defensa técnica de los derechos laborales y establece un trato diferencial respecto de otras ramas del derecho”.

“Advertimos también que la limitación en materia de costas, en combinación con el principio de gratuidad vigente en el fuero laboral, podría traducirse en una restricción directa al derecho de percepción de honorarios, desalentando el ejercicio profesional en la materia”, agregaron.

Fuente: telam

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