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20/02/2026

Qué cambiará para los trabajadores de Rappi, Uber, Pedidos Ya y otras plataformas con la reforma laboral

Fuente: telam

El texto aprobado por Diputados apunta a definir expresamente derechos y obligaciones que previamente no estaban regulados

>En un contexto de aumento sostenido de los El proyecto, que mantiene sin cambios el capítulo referido a los trabajadores de plataformas, debe ser sometido a una última votación en el Senado antes de ser enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.

La norma se aplica a aquellos que ofrezcan servicios a través de empresas como Rappi, Pedidos Ya, Uber y Cabify, entre otros. Específicamente, el proyecto define que un “prestador independiente de plataformas tecnológicas” es una “persona humana que conviene la prestación del servicio privado de reparto y/o de movilidad de personas a usuarios a través de las plataformas tecnológicas de forma independiente”.

En primer lugar, se dispone que los prestadores independientes podrán conectarse libremente a cualquiera de las aplicaciones disponibles en el mercado. Esta disposición permite a los trabajadores elegir sus propios horarios y decidir el tiempo de conexión, así como aceptar o rechazar solicitudes según su conveniencia.

Además, la regulación determina que los prestadores independientes tendrán acceso a conocer los criterios que emplean las plataformas para la agrupación y categorización de sus servicios.

En cuanto a las obligaciones para las plataformas, el texto final del proyecto indica que deberán:

    Por su parte, los prestadores independientes deben cumplir las siguientes obligaciones:

      En tanto , el proyecto aclara que los repartidores acceden a una serie de derechos específicos, sin que ello implique relación laboral, subordinación o dependencia con las empresas que gestionan dichas aplicaciones.

      La normativa dispone que las plataformas tecnológicas deben proporcionar una explicación sobre los motivos de suspensión o restricción, parcial o total, del acceso a la infraestructura digital.

      En materia de protección de datos, los trabajadores independientes podrán solicitar la portabilidad de sus datos en un formato estructurado, genérico y de uso común. Este derecho permite que la información relevante sobre su actividad sea transferida y utilizada en otras plataformas o servicios, facilitando la continuidad laboral y la gestión autónoma de sus datos personales.

      Además, la norma estipula que los repartidores y conductores independientes podrán acceder a un programa formativo en seguridad vial, enfocado en el conocimiento de las normativas de tránsito, las mejores prácticas para la convivencia en la vía pública y el uso correcto de elementos de protección personal. También en este caso, la responsabilidad financiera recae sobre las plataformas.

      La póliza debe contemplar los riesgos asociados al fallecimiento accidental, la incapacidad total o parcial permanente derivada de la prestación del servicio, los gastos médicos y farmacéuticos, así como los costos funerarios.

      Por último, se precisa que ampliar prestaciones o sumar seguros adicionales no implica relación laboral ni incumplimiento regulatorio. Los prestadores de servicios a través de plataformas pueden cobrar su retribución mediante la app y conservar el 100% de las propinas que agreguen los usuarios, incluso cuando el monto sea sugerido por la plataforma.

      También pueden operar dentro de la zona de cobertura definida por la plataforma y decidir el recorrido más conveniente, ya sea siguiendo las rutas sugeridas por la app o utilizando otros sistemas de navegación, siempre que no perjudiquen al usuario.

      Fuente: telam

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