15/02/2026
El dueño de Manaos habló sobre la indemnización de más de $800 millones a un exvendedor: “No sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras”
Fuente: telam
El fallo inicial había calculado un monto de $1.463 millones, que la Corte Suprema de Justicia mendocina redujo a $807 milllones, más de medio millón de dólares. Según Orlando Canido, el demandante había trabajado entre 6 y 7 años para la empresa. Antecedentes similares
>El caso del vendedor de Refres Now SA, el fabricante de la gaseosa Manaos, que logró en primera instancia de la justicia laboral mendocina un fallo a favor de más de $1.463 millones de pesos que la Corte Suprema de Justicia de la provincia redujo a poco más de $807 millones entre una “indemnización” de USD 223 millones e “intereses” por $584 millones, sigue provocando estupor.
¿Cuáles son las alternativas de la empresa ante un fallo que en divisas fue originalmente de un millón de dólares y la CSJ mendocina redujo a “solo” poco más de medio millón de dólares?
“Ahora todo está en manos de un estudio jurídico” dijo a Infobae el empresario y fundador de la firma, Orlando Canido, quien ya había calificado al fallo de los tribunales mendocinos “insólito y absolutamente fuera de contexto”. Canido recordó a Infobae que el vendedor que hizo el juicio había trabajado “unos seis años o siete años para mí, no sé cuánto podía ganar como vendedor, no sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras”. El empresario dijo que él respeta los derechos de los trabajadores pero que la ley laboral debe revisar el tema de las indemnizaciones. Sobre el caso del vendedor que planteó el juicio en Mendoza, señaló. “A lo mejor tenía tres provincias y le dejaron una y por eso hizo juicio”. Tiempo atrás, en el Podcast “La Fábrica”, Canido había compartido un debate sobre temas productivos y laborales. Allí precisó que 21 años atrás, cuando se inició en el negocio, había 43 fábricas de gaseosas, contra 6 en la actualidad, y recordó que había convencido a uno de los socios de Cunnington, hasta entonces su principal competidor, de venderle su fábrica a él en vez de a Heineken. Canido enfatizó entonces: “Hoy un empleado que trabaja un año por cualquier motivo manda una carta documento y se considera despedido. Ve la posibilidad de ganar plata sin trabajar y no lo duda un segundo. Trata de sacar el mejor provecho”. Y recordó al respecto el caso en Mendoza. “Yo tengo un juicio de un jefe de ventas; no sé cuánto trabajó conmigo, si 6 ó 7 años y fallaron a favor de él en Mendoza por un millón de dólares”. Como El exvendedor había comenzado sus tareas en octubre de 2013, alegó que la relación laboral se formalizó recién en 2015 y que, durante años, la empresa utilizó acuerdos poco claros y contratos que no reflejaban la realidad de su vínculo.
La Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael fijó una indemnización de $1.463 millones. La empresa apeló el fallo y la CSJ mendocina rebajó la condena a $807 millones a abril de 2025, por lo cual los intereses se siguen acumulando. El máximo tribunal provincial sostuvo la condena por despido y relación laboral encubierta, pero modificó el cálculo de intereses, aplicando la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación, tomó en cuenta el perfil económico del trabajador y dispuso que la empresa pague la suma en un plazo de cinco días. Dictado en el contexto del debate por la reforma laboral, el fallo se vuelve un precedente relevante para conflictos similares, tanto por el monto involucrado como por la interpretación judicial sobre la relación laboral y la forma de cálculo de la eventual indemnización. El caso se suma a una lista de recientes fallos por causas y sumas extemporáneas, como la la demanda por $270 millones y el embargo por $155 millones a raíz del juicio de un exmozo del restaurante Piegari, que durante la pandemia se negó a reintegrarse al trabajo luego de la cuarentena, luego se consideró despedido, inició un juicio de indemnización. Otro caso destacado fue el del Infobae expuso también elEn su apelación a la Corte de Suprema de Justicia porteña, considerada tribunal competente porque el juicio se planteó en CABA, la Fundación afirma que el fallo laboral se limitó al testimonio de otros cuatro gasistas que presentaron una demanda similar, son parte interesada y a su modo “socios” del demandante. La apelación señala que el fallo laboral se sostiene “dogmática y únicamente sobre testimonios de gente que tiene interés en el resultado del pleito, por la sencilla razón de que esos testigos mantienen, con idéntico patrocinio, pleitos semejantes contra los mismos demandados. No existe otra prueba”.
Fuente: telam
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