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13/02/2026

La Corte de Santa Fe rechazó por unanimidad la recusación de Pullaro contra cuatro ministros en plena disputa por la ley previsional

Fuente: telam

El máximo tribunal provincial rechazó de manera unánime “por manifiestamente improcedentes” las recusaciones presentadas por el mandatario local contra 4 de sus miembros, a quienes se buscaba apartar de causas previsionales

>La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió de manera unánime rechazar las recusaciones impulsadas por el gobernador Maximiliano Pullaro contra cuatro de sus integrantes, en el marco de la controversia por la reforma previsional provincial. La decisión del máximo tribunal, adoptada por sus siete miembros, se conoció pocos días antes de la apertura del año judicial y en un contexto de elevada tensión institucional, donde la independencia del Poder Judicial frente al Ejecutivo ocupa el centro del debate.

El tribunal desestimó de plano el pedido al considerar que las recusaciones eran “manifiestamente improcedentes” y carecían de elementos que acreditaran un interés directo y actual de los jueces en el resultado de los litigios. Los ministros resolvieron que la presentación resultaba “palmariamente extemporánea”, ya que los supuestos motivos esgrimidos eran conocidos con anterioridad al planteo y luego de haberse dictado el llamamiento de autos. El fallo remarcó que la causal invocada por la Provincia no lograba configurar una afectación concreta a la garantía de imparcialidad exigida por la ley.

Entre los fundamentos jurídicos, el máximo tribunal recordó que la ley 10.160 establece una interpretación restrictiva de las causales de apartamiento y excluye expresamente los casos colectivos, donde el interés personal de los jueces carece de relevancia frente al objeto del proceso. Se citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que rechaza recusaciones fundadas en motivos genéricos o conjeturales. Además, se advirtió que admitir apartamientos en este tipo de contextos sería incompatible con la naturaleza y atribuciones de la Corte y alteraría el principio del juez natural.

En paralelo, la administración de Pullaro promovió una serie de reformas institucionales, entre ellas la ampliación del número de miembros de la Corte y el envío de pliegos para cubrir cargos que aún no están vacantes, lo que provocó cuestionamientos de parte del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial. Las autoridades del colegio, encabezadas por Iván Kvasina y Cristian Werlen, advirtieron a la Comisión de Acuerdos de la Legislatura sobre posibles incumplimientos de la directriz constitucional de paridad de género y reclamaron que las designaciones se realicen bajo los más estrictos recaudos legales y constitucionales.

La Corte dispuso, finalmente, que el criterio fijado se extienda a todas las causas donde se discuta la constitucionalidad de la ley 14.283, con el propósito de evitar dilaciones procesales y garantizar la continuidad del funcionamiento judicial. El fallo fue suscripto digitalmente por los jueces Gutiérrez, Bacalini, Erbetta, Falistocco, Spuler, Weder y Zabalza.

Fuente: telam

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