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21/01/2026

Prohibieron la venta de ciertos medicamentos e insumos odontológicos por no contar con los permisos habilitantes

Fuente: telam

Una disposición del organismo determinó la suspensión temporal y labró un sumario que involucra al director técnico

>La La resolución publicada este miércoles se mantendrá hasta que la empresa DENTAL Y MEDIQUIL SA obtenga la habilitación específica exigida por la disposición del organismo N° 7038/15, según se desprende de la reciente normativa, 68/2026. Como consecuencia, las autoridades le aplicaron un sumario tanto a la firma como a su director técnico.

Las actuaciones se originaron a raíz de una inspección realizada en abril del año pasado en una veterinaria ubicada en el barrio porteño de La Paternal. En ese operativo, los inspectores de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud detectaron facturas emitidas por la firma que acreditaban la venta de medicamentos a un establecimiento situado por fuera de la provincia de Buenos Aires.

“Lo detallado ut-supra surge que la documentación de comercialización observada (facturas) en una veterinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue reconocida como propia y original de DENTAL Y MEDIQUIL SA, firma carente de habilitación ante la Disp. 7038/15 para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos; en tal oportunidad la firma no opuso opinión en contrario sobre actuaciones efectuadas y labradas en el acta de inspección”, explicaron las autoridades del organismo en el texto.

En el documento donde se fundamenta la decisión, la ANMAT precisó que la baja de las habilitaciones resulta del control de certificados vencidos y de trámites de inscripción que no se realizaron en el plazo exigido. De acuerdo con la normativa vigente, los certificados de buenas prácticas tienen una validez de cinco años y requieren ser renovados con al menos sesenta días de anticipación. En todos los casos alcanzados, las firmas no habían gestionado la actualización a tiempo, lo que constituye una infracción grave que imposibilita la continuidad de su actividad comercial.

La resolución también impactó en dos empresas registradas como importadoras y exportadoras de especialidades medicinales, las cuales quedaron inhabilitadas para operar en mercados internacionales. Según el organismo, ambas compañías carecían del certificado activo en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), condición exigida para desenvolverse en el comercio exterior. La ANMAT sostuvo que este accionar persigue minimizar riesgos sanitarios y asegurar la seguridad en la distribución de medicamentos en toda la jurisdicción nacional e internacional.

Fuente: telam

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