Lunes 12 de Enero de 2026

Hoy es Lunes 12 de Enero de 2026 y son las 21:04 ULTIMOS TITULOS:

12/01/2026

Quiénes pueden pedir la devolución del 30% de impuestos por gastos en el exterior y cómo hay que hacer el trámite

Fuente: telam

Desde principios de enero, el organismo recaudador permite iniciar solicitudes vinculadas con consumos en moneda extranjera realizados durante 2025. El procedimiento varía según la situación fiscal de cada persona

>Con el inicio de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite para solicitar la devolución de percepciones aplicadas durante 2025 sobre determinadas operaciones en moneda extranjera.

La forma de pedir la devolución depende de la situación impositiva de cada persona. ARCA estableció caminos diferenciados para quienes no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales, para quienes tuvieron retenciones de Ganancias sobre salarios o jubilaciones, y para los contribuyentes inscriptos en alguno de esos impuestos.

Sin embargo, Domínguez advirtió que no todas las percepciones de diciembre aparecen de inmediato porque están venciendo en estos días las declaraciones juradas. Entonces, hasta que no estén presentadas esas declaraciones juradas, por el período de diciembre no van a aparecer de forma inmediata.

Personas no alcanzadas por Ganancias ni Bienes Personales

Quienes no estén alcanzados por Ganancias ni por Bienes Personales deben iniciar el trámite directamente en la página web de ARCA, utilizando su clave fiscal. Dentro del sitio, el procedimiento se realiza a través del servicio “Devolución de Percepciones”, al que se accede mediante el buscador interno.

En algunos casos, las percepciones aparecen canceladas, con un importe positivo y otro negativo por el mismo monto. Eso ocurre cuando la compra originalmente pagada en pesos se canceló luego en dólares, por ejemplo, tras un stop debit del pago automático de la tarjeta de crédito. En esas situaciones, la percepción no se efectivizó.

Para avanzar con el trámite, la persona debe seleccionar la opción “Presentar”. El estado de cada solicitud se sigue desde la opción “Buscar”, ubicada junto al botón de carga de nuevos períodos. ARCA también permite la carga manual de percepciones que no figuran de forma automática, siempre que el contribuyente cuente con la documentación respaldatoria, aunque la recomendación del tributarista consultado es que se espere hasta que los agentes de percepción lo informen, ya que, de lo contrario, la devolución puede demorar muchos meses.

Como la devolución se acredita mediante depósito bancario, resulta indispensable tener informada correctamente la CBU o CVU. La verificación y carga de ese dato se realiza desde el servicio “Declaración de CBU”, también disponible en el sitio de ARCA. Allí, el sistema muestra la cuenta registrada y permite incorporar una nueva, marcando que el uso correspondió a devoluciones.

Asalariados y jubilados con retenciones de Ganancias

Dentro del formulario, el contribuyente completa o revisa datos personales, información del empleador, situaciones de pluriempleo, cargas de familia, deducciones y pagos a cuenta. En este último apartado se incluyen las percepciones del 30% aplicadas sobre compras en el exterior o a proveedores del exterior.

El plazo para completar el Siradig vence el 31 de marzo. La devolución de las percepciones correspondientes a 2025 se instrumenta a través de la liquidación anual del impuesto, que los empleadores practican con los sueldos de abril, habitualmente cobrados en los primeros días de mayo. Los importes reintegrados por esta vía tienen un límite: no superan el total de Ganancias retenido durante el año. Si surge un excedente, el contribuyente debe inscribirse en el impuesto para reclamar la diferencia.

En el caso de las personas inscriptas en Ganancias y/o Bienes Personales, las percepciones no se devuelven mediante un trámite separado. Esos importes se declaran como pagos a cuenta dentro de las declaraciones juradas correspondientes a 2025.

Domínguez señaló que, en la práctica, el sistema muestra únicamente las percepciones informadas por los agentes con la CUIT correcta del contribuyente. Por esa razón, recomendó no cargar manualmente percepciones que no figuran de manera automática, salvo que el monto resulte relevante.

Según explicó, “cuando una persona incorpora manualmente una percepción no informada por el agente, el sistema no encuentra respaldo automático y deriva el trámite a controles informáticos adicionales. Esa situación genera demoras, ya que ARCA verifica la información con el agente de percepción”.

Entonces, frente a un pedido de devolución, ARCA solicita información adicional a la empresa de transporte para confirmar la percepción. Y si bien este proceso resuelve el problema, extiende los plazos del trámite y, en algunos casos, demora la acreditación durante uno o dos años, especialmente si el contribuyente no realiza seguimientos o reclamos posteriores.

Domínguez también señaló que los tiempos de acreditación varían según el año y la disponibilidad presupuestaria. En algunos casos, ARCA ha efectuado devoluciones parciales hacia fines de enero, mientras que en otros las transferencias se concentraron alrededor de abril o a lo largo del año.

Fuente: telam

Compartir

Comentarios

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!