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29/12/2025

Chile: las objeciones de la Corte Suprema al proyecto para multar a quienes no visiten a sus adultos mayores

Fuente: telam

La norma ingresada por el senador Francisco Chahuán (RN) incluye multas de hasta USD 700 y denuncia a la fiscalía en casos graves de abandono o maltrato.

>Por estos días se encuentra en su primer trámite constitucional un proyecto de ley que busca sancionar a quienes no visiten periódicamente a sus adultos mayores, proponiendo incluso altas multas en aquellos casos de maltrato o abandono graves. Sin embargo, la iniciativa ya recibió sus primeras objeciones, las que vinieron nada menos que desde la Corte Suprema.

“Actualmente, en nuestra legislación no se ha tenido en cuenta un procedimiento en específico que regule un régimen de visitas para las personas mayores, similar a la de relación directa y regular para niños, niñas y adolescentes (NNA), lo que ha llevado a los tribunales de familia a adoptar acuerdos en su lugar, sin fuerza obligatoria y en contexto normalmente de causas por violencia intrafamiliar”, reza el documento presentado, según consiga Emol.

Otros que podrían pedir un régimen periódico de visitas son los familiares con hasta un cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; su representante legal y, en general, cualquier persona que logre demostrar que mantiene un vínculo afectivo con el adulto mayor en cuestión.

Sin embargo, el hecho de no cumplir dicho régimen de visitas será “considerado infracción grave al derecho de la persona mayor a mantener relaciones familiares y sociales”, por lo que el tribunal podrá imponer multas de 1 a 10 UTM (USD 70 a USD 700) “reiterables en caso de reincidencia, y en situaciones graves derivar los antecedentes al Ministerio Publico si los hechos configurasen delito de maltrato o abandono”.

Puesto que la iniciativa atañe necesariamente al Poder Judicial, la Corte Suprema emitió un escrito de 12 páginas señalando que “aunque parece evidente que la iniciativa tiene buenas intenciones y reconoce un problema social real y de creciente recurrencia -el aislamiento de personas mayores y el envejecimiento de la población-, lo cierto es que su modo de implementación da lugar a varias consideraciones y cautelas tanto en su diseño normativo como en sus mecanismos procesales”.

El primero dice relación con la libertad de los adultos mayores a decidir sobre su vida privada y las personas con quienes desean mantener contacto.

El documento también hace mención a la Ley de Protección de los Derechos e Intereses de los Ancianos promulgada en China en 2013 -similar a la presentada por el senador Chahuán-, la que sin embargo nace “en un contexto demográfico, cultural y político muy particular, caracterizado por el envejecimiento acelerado de la población, el legado de la política del hijo único y posibles problemas en una red de seguridad social sobrecargada”

Debido a esto, “si la finalidad del proyecto es prevenir el maltrato, el abandono o la desatención de las personas mayores, el camino adecuado no parece ser judicializar la falta de cercanía o afecto, sino reforzar los instrumentos jurídicos ya existentes”, remataron.

Así las cosas, el parlamentario aseguró que espera que su proyecto avance en el Senado y así “presentar indicaciones en esa línea, de modo de fortalecer el proyecto y facilitar su tramitación hasta convertirse en ley”.

Fuente: telam

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