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06/12/2025

Nuevo borrador de la reforma laboral: qué cambia para empleadas domésticas y trabajadores de reparto

Fuente: telam

La iniciativa en la que trabaja el Gobierno contempla modificaciones clave para los empleados de casas particulares y de plataformas digitales de delivery

>El último En cuanto al personal de casas particulares, una de las principales modificaciones es la redefinición del período de prueba en contratos por tiempo indeterminado. El documento establece que cualquier contrato nuevo se considerará a prueba durante los primeros seis meses.

En ese plazo, cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin indicar motivo y, en ese caso, no corresponde el pago de indemnización. Según el borrador, el empleador no tiene permitido contratar varias veces al mismo trabajador utilizando el período de prueba, lo que busca evitar contrataciones sucesivas sin estabilidad. “El empleador no podrá contratar a un mismo empleado más de una (1) vez utilizando el período de prueba”, detalla el documento.

La reforma detalla derechos para el personal, tanto para quienes residen en el domicilio laboral como para quienes cumplen tareas y se retiran. Entre los beneficios contemplados, se fija una jornada máxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales, con la posibilidad de una organización desigual, siempre que el límite diario no supere las 9 horas. El descanso semanal debe ser de 35 horas continuas, iniciando el sábado a las 13 horas. Adicionalmente, la obligación de proveer ropa y elementos de trabajo al empleado se podrá cumplir mediante una suma de dinero (no remunerativa) al terminar el período de prueba, ofreciendo una alternativa flexible al beneficio en especie.

En relación a la alimentación, el empleador debe asegurar comidas que garanticen la correcta nutrición, adaptadas al tipo de jornada y modalidad contratada. El listado abarca desayuno, almuerzo, merienda y cena, según lo indique la relación laboral. Otra exigencia del nuevo texto es la contratación de un seguro contra riesgos del trabajo para el empleado, conforme las normas vigentes. Para el personal con retiro, se ratifica la obligación de un mínimo de 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente.

El proyecto prevé cambios en la práctica cotidiana de los pagos al personal doméstico. Los recibos deberán ser instrumentados electrónicamente y emitidos a través del sistema que disponga la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El recibo bancario o la constancia que el banco entregue al empleador servirán como prueba suficiente para acreditar el pago. Esta modificación busca introducir mayor trazabilidad y formalidad en las transacciones, facilitando eventuales reclamos o controles administrativos.

Si surgen reclamos judiciales de créditos provenientes de estas relaciones laborales, los montos reclamados serán actualizados y generarán intereses similares a los aplicados en el régimen de contratos laborales general, según lo previsto en la Ley de Contrato de Trabajo. Esta equiparación busca dotar de mayor certeza jurídica a los trabajadores de casas particulares en caso de conflicto.

El texto de la reforma aclara que el personal de casas particulares no queda comprendido por la ley de contratos de trabajo general, salvo disposición expresa en sentido contrario. Se mantiene así un régimen diferenciado con reglas específicas, aunque permite algunas adaptaciones puntuales según la evolución normativa y la necesidad de cubrir vacíos legales o nuevas realidades en la prestación de servicios en el ámbito doméstico.

Otro apartado del borrador establece un marco legal específico para los servicios de reparto y mensajería urbana que funcionan mediante aplicaciones tecnológicas, fijando reglas para la relación entre los repartidores y las plataformas. El objetivo detrás de la iniciativa es promover el crecimiento de la economía digital y, al mismo tiempo, dejar en claro la independencia de quienes realizan las entregas.

El régimen define a la mensajería urbana como la actividad de recoger y entregar bienes o paquetes dentro de una ciudad usando cualquier tipo de transporte, incluso a pie. Los repartidores son considerados personas independientes y no empleados en relación de dependencia de las aplicaciones. Ofrecen sus servicios a usuarios a través de plataformas tecnológicas (como apps de reparto) y reciben pago por cada servicio realizado.

Un punto central es la libertad dada a los repartidores: pueden elegir cuándo conectarse a cada aplicación y cuánto tiempo trabajar, sin obligación de cumplir jornadas mínimas ni de aceptar todos los pedidos ofrecidos. Los repartidores pueden decidir no aceptar pedidos cuando quieran y tampoco tienen ninguna obligación de justificación.

Las empresas detrás de las aplicaciones deben entregar toda la información que el repartidor necesita para decidir si acepta un pedido; deben respetar la libertad de conexión del trabajador y no imponer condiciones que restrinjan esa autonomía.

Las plataformas tienen que ofrecer canales simples y accesibles para que los repartidores puedan presentar reclamos, quejas o consultas. Además, deben establecer mecanismos para que los repartidores obtengan explicaciones sobre decisiones tomadas por la aplicación que tengan impacto en su trabajo, como bloqueos o suspensiones.

Quienes trabajan como repartidores deben cumplir varias condiciones:

    Al dejar claro que no hay relación laboral, el régimen especifica una serie de derechos:

      Fuente: telam

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