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03/12/2025

Oficializaron nuevas subas para el Salario Mínimo, Vital y Móvil: de cuánto será este mes y a cuánto llegará en agosto

Fuente: telam

Luego de que empresarios y sindicatos no lograran llegar a un acuerdo en la última reunión del Consejo del Salario Mínimo, el Ejecutivo determinó los incrementos para los próximos meses a través de un decreto

>En una decisión que impacta de lleno en el bolsillo de millones de trabajadores, el La medida, firmada por la presidente alterna del Consejo, Claudia Silvana Testa, se dictó tras el fracaso de las negociaciones entre los representantes sindicales y empleadores, que no lograron consensuar un monto en la última sesión plenaria realizada el 26 de noviembre.

La sesión del Consejo se realizó de manera virtual y, al momento de tratar el segundo punto del orden del día —la actualización del salario mínimo y de las prestaciones por desempleo—, se expusieron las propuestas de ambos sectores.

De esta manera, fijaron los nuevos valores. Así, la escala establece que, a partir del 1° de noviembre de 2025, el salario mínimo para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa será de $328.400 (desde agosto, permanece en $322.200), mientras que para los trabajadores jornalizados se fija en $1.642 el precio de la hora (hasta el momento era de $1.610).

Los valores horarios para los trabajadores jornalizados también acompañarán esta suba, llegando a $1.883 por hora en agosto de 2026.

La decisión alcanza a todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores, “con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198” de la ley laboral, que refieren a contratos a tiempo parcial y a trabajadores menores de edad, quienes percibirán el salario mínimo en proporción a su jornada.

En cuanto a la prestación por desempleo, la resolución mantiene la fórmula vigente desde septiembre de 2023, estableciendo que el monto será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato. Además, se fija un piso y un techo: “En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”.

Desde la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), las dos CTA, Territorios en Lucha y el Frente Barrial, entre otras organizaciones, reclamaban que Salario Mínimo, Vital y Móvil se equipare al valor de la Canasta Básica Total (CBT), que actualmente asciende a $1.276.649 para una familia tipo. Además, la Canasta Básica Alimentaria (CBA), que determina el umbral de la indigencia, se ubicó en 572.488 pesos. Llegar a esa suma implicaría un incremento del 180%.

De acuerdo con las estimaciones del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET), en octubre el salario mínimo experimentó una reducción real del 2,3%. Esta caída se suma a las registradas en septiembre (-2,0%), agosto (-0,5%) y julio (-0,5%), tras una leve estabilidad en junio (+0,1%).

Si bien en algunos meses posteriores el incremento nominal logró acompañar o superar el Índice de Precios al Consumidor (IPC), la tendencia general fue descendente. Entre noviembre de 2023 y octubre pasado, el salario mínimo real acumuló una caída del 35%, mientras que en lo que va del año la reducción alcanza el 7,7%.

Fuente: telam

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