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13/11/2025

Velaron y cremaron el cuerpo equivocado: fallo en contra de una universidad y de una funeraria por daño moral

Fuente: telam

Deben indemnizar a la familia que recibió el cadáver equivocado por haber tenido que atravesar dos veces el proceso de despedida

>Un fallo del Juzgado Federal N°1 de Córdoba ordenó a la Universidad Nacional de Córdoba y a la empresa funeraria Juan Caruso SACIFEI indemnizar a una familia por el daño moral sufrido tras la confusión y entrega errónea del cuerpo de un familiar fallecido en el Hospital Nacional de Clínicas.

“Para la familia fue un momento doloroso pasar por todo de nuevo dos veces: dos certificados de defunción y dos de cremación con una diferencia de 20 días. Es muy difícil para cualquiera”, le dijo a Infobae Paula Piedrabuena, abogada de los damnificados.

El caso se inició cuando la familia que veló y cremó el cuerpo equivocado demandó a la Universidad Nacional de Córdoba y a Juan Caruso SACIFEI por el “daño moral” ocasionado tras la muerte de F. Mercado el 9 de mayo de 2023.

La familia relató que, durante el velorio, el ataúd permaneció cerrado y sellado, impidiéndoles despedirse de su padre y abuelo. Ante la consulta, el personal de la funeraria respondió con evasivas, argumentando razones de “expeditividad”.

La demanda subrayó el “trauma y sufrimiento difíciles de olvidar y digerir” que implicó atravesar dos veces el duelo, con la angustia adicional de haber velado a un desconocido creyendo que era su ser querido. Los actores atribuyeron la responsabilidad tanto al hospital, dependiente de la Universidad Nacional de Córdoba, como a la funeraria, por la “negligencia e imprudencia” en la identificación y entrega de los cuerpos.

En su defensa, la empresa Juan Caruso SACIFEI negó haber cometido el error y sostuvo que el cuerpo fue entregado por el hospital a un empleado de la firma de ambulancias, quien solo recibió el cadáver que le fue indicado por el personal del nosocomio.

La funeraria argumentó que la responsabilidad recaía en el hospital, encargado de la correcta identificación y entrega de los cuerpos. Además, impugnó el reclamo de daño moral de los nietos.

La universidad remarcó que un agente estuvo presente en el acto de entrega y que la documentación coincidía con el nombre del fallecido. Sin embargo, reconoció que en la morgue había dos cuerpos con el apellido Mercado (NdeR: a E. Mercado nadie lo reclamó al día de hoy) y que el empleado de la funeraria tomó el equivocado. El hospital detectó el error en un control de rutina el 11 de mayo, pero la familia recién fue notificada el 1 de junio.

El juez Carlos Arturo Ochoa sostuvo que “los hijos y los nietos del actor indudablemente asumen el carácter de damnificados directos”.

En cuanto a la responsabilidad, el fallo determinó que existió una “clara falta de diligencia de los dos codemandados”. El expediente administrativo del hospital incluyó una nota donde se informó que el agente entregó el cuerpo sin verificar el nombre, lo que motivó una sanción de 30 días de suspensión.

“Ya sea que se considere que su personal entregó el cuerpo equivocado o que permitió a la codemandada retirar el cuerpo sin efectuar ningún tipo de control, se observa un defecto en la prestación del servicio”, sostuvo el magistrado.

El fallo remarcó que la empresa funeraria debía extremar las precauciones en la identificación del cuerpo, dada la confianza especial depositada por los familiares en un momento de vulnerabilidad.

La sentencia ordenó a la Universidad Nacional de Córdoba a abonar la totalidad de las sumas a todos los actores, mientras que la funeraria solo deberá pagar a uno de los hijos del fallecido, que fue con quien gestionaron el trato comercial de hacerse cargo del sepelio.

Fuente: telam

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