Martes 23 de Septiembre de 2025

Hoy es Martes 23 de Septiembre de 2025 y son las 16:01 ULTIMOS TITULOS:

23/09/2025

Macabro cargamento: 30 piernas humanas llevan un año retenidas en el Aeropuerto de Santiago de Chile

Fuente: telam

Fueron adquiridas por un centro médico con fines educacionales

>La Corte Suprema chilena deberá resolver qué sucederá con un insólito cargamento de 30 piernas humanas que permanece varado desde hace un año en una bodega del Aeropuerto Internacional de Santiago, luego que Aduanas lo confiscara por no cumplir con la normativa vigente para su internación al país.

Sin embargo, la Subsecretaria de Salud Pública resolvió en septiembre del año pasado que el reglamento actual “no permite la posibilidad de importar muestras de cadáveres para fines educacionales”, por lo que el cargamento fue retenido.

En diciembre de 2024 la corte rechazó el recurso interpuesto por la empresa y el caso escaló hasta el máximo tribunal chileno, el que deberá resolver a la brevedad el destino del macabro cargamento.

Este lunes, desde el Ministerio de Salud (Minsal) reafirmaron mediante un comunicado de prensa que la adquisición de cuerpos humanos o extremidades para fines educacionales debe provenir “exclusivamente de donaciones realizadas en el país”, las que deben ser completamente gratuitas, tal como lo estipula el actual Código Sanitario.

“La normativa vigente establece que cadáveres y las piezas anatómicas para fines de investigación científica o docencia universitaria deben provenir exclusivamente de donaciones voluntarias realizadas en el país, bajo las disposiciones del Libro IX del Código Sanitario”, señalaron desde el organismo, según consignó Emol.

“El reglamento identifica claramente a las instituciones que están habilitadas como beneficiarias para recibir dichas donaciones, asegurando que los fines educativos y científicos se desarrollen dentro de un marco regulado y responsable”, recalcaron desde el organismo.

Y es que según el artículo 147 del Código Sanitario, solo aquellos cuerpos de personas fallecidas que permanecen en centros de salud públicos o privados, o que se encuentren en el Servicio Médico Legal (SML), y que no sean reclamados por familiares, “pueden ser destinados al estudio o la investigación científica”.

Dicha disposición entrega “un fundamento jurídico para que las universidades, centros de investigación o el propio SML utilicen dichos cuerpos en labores de formación académica o en proyectos de investigación biomédica, siempre dentro de los límites que impone la normativa vigente”, subrayaron.

Fuente: telam

Compartir

Comentarios

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!