Miércoles 17 de Septiembre de 2025

Hoy es Miércoles 17 de Septiembre de 2025 y son las 00:48 ULTIMOS TITULOS:

16/09/2025

La dictadura cubana condenó a cuatro años y medio de cárcel a una persona por filmar una fila en la vía pública

Fuente: telam

Se trata de Julio César Duque de Estrada Ferrer, a quien acusan de los delitos de “desobediencia” y “atentado”

>El tribunal municipal popular de Santiago de Cuba condenó a Julio César Duque de Estrada Ferrer a cuatro años y seis meses de prisión por grabar con su celular en la calle durante una fila para comprar gas licuado, según el fallo al que accedió el La sentencia, que considera probados los delitos de “desobediencia” y “atentado”, fue dictada por un panel compuesto por Irina Díaz Delis, Hugo Liens Martínez y Noelia Rodríguez Martínez.

“Todo el proceso judicial ha estado lleno de violaciones a los derechos humanos y la sentencia es una farsa aunque a la vez deja al descubierto la actuación ilegal y desproporcionada del agente de la policía política que atacó a Duque de Estrada Ferrer“, sostuvo el OCDH en un comunicado enviado a Infobae. El organismo aseguró que se trató de una “actuación arbitraria”.

De acuerdo al relato judicial, sus acciones “fueron advertidas por el oficial operativo de la contrainteligencia Mario Raciel Soulary Garcés“, quien se identificó como militar y lo instó a cesar la grabación y guardar el teléfono.

>El acto de solicitar que Duque de Estrada Ferrer dejara de grabar constituye, según denunció el observatorio, una restricción directa a la libertad de expresión y de información, derechos fundamentales contemplados en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), tratado firmado por Cuba.

Respecto a la exigencia de presentar el documento de identidad, la ONG señaló que no existía una sospecha razonable de delito y denunció que “la detención debe tener una base legal clara y la fuerza solo debe emplearse cuando sea estrictamente necesaria y de manera proporcional a la amenaza”.

El traslado de Duque de Estrada Ferrer al interior del mercado, según el relato judicial, ocurrió tras la negativa del acusado y comprende un acto calificado como detención arbitraria por la organización.

El OCDH cuestionó la legalidad de la intervención y el alcance de las atribuciones del oficial Soulary Garcés al afirmar que “su intervención es por ello un acto extralegal, ilegal e inconstitucional, que excedía sus funciones”. Para el organismo, “no procedería, tras la provocación del hecho, la imputación de algún delito”.

Causas relacionadas con la desobediencia, uso de fuerza y negarse a entregar un documento oficial fueron esgrimidas en el proceso judicial. El OCDH recordó que jurisprudencia previa del Tribunal Supremo de Cuba exime de responsabilidad penal cuando “la reacción del imputado es consecuencia directa del mal obrar, abusivo, violento y/o ilegal de quien debe gestionar con legalidad y el mayor acierto posible las funciones de la administración que representa”.

Fuente: telam

Compartir

Comentarios

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!