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06/09/2025

Una provincia tendrá que pagar $70 millones a la familia de un chico que se fracturó un codo en la escuela

Fuente: telam

El niño había sufrido una fractura grave durante el recreo en una escuela primaria de Río Negro. El caso fue a juicio y la familia denunciante obtuvo una suma millonaria

>Un chico de 11 años se fracturó el codo mientras jugaba en el recreo de su escuela primaria en el Alto Valle, en la provincia de Por este motivo, la familia Así lo resolvió la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa de Roca, tras evaluar una demanda que sienta un precedente en materia de responsabilidad estatal en el ámbito educativo.

Las autoridades escolares asistieron al niño y lo trasladaron rápidamente primero al hospital local y luego a una clínica privada, donde recibió atención especializada. Pese a la intervención médica, la fractura generó una incapacidad parcial y permanente, determinada en un 30 por ciento, según el informe pericial que resultó clave en la causa.

La postura de la provincia, en un primer momento, se limitó a negar genéricamente los hechos. Más adelante, intentó desligar su responsabilidad argumentando que la caída se debió a un “hecho del damnificado”, es decir, a la conducta propia del niño mientras jugaba.

El juez a cargo del expediente desestimó rotundamente los argumentos de la provincia e indicó que la documentación aportada, principalmente el informe de la aseguradora estatal, la denuncia del siniestro y el acta de accidente escolar, corroboró que la caída del menor ocurrió en el patio, durante el horario de recreo y bajo supervisión de adultos.

“La obligación de seguridad del Estado es objetiva y va más allá de un simple deber de vigilancia”, fundamentó el magistrado. Desde su punto de vista, la sentencia considera que los daños sufridos por el menor derivan directamente del incumplimiento estatal y configuran una “falta de servicio estatal” y un “irregular funcionamiento del servicio de enseñanza impartido por el Estado provincial”.

El monto de la indemnización fue determinado con base en una metodología establecida por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) para casos en los que los damnificados son menores. El cálculo se dividió en dos etapas: la primera comprende el período desde que el niño tenía 11 años hasta que cumpla 18, y la segunda abarca desde la mayoría de edad hasta el fin de la vida laboral, estimada a los 75 años.

En el segundo tramo, se aplicó una fórmula matemática reconocida por el STJ, considerando la proyección del daño futuro en la vida laboral del niño teniendo en cuenta la incapacidad permanente del 30 por ciento. El resultado arrojó la suma de 67.247.750,85 pesos. A esto se sumó la indemnización por daño moral, cuantificada en 4 millones de pesos, con base en precedentes de la Cámara de Apelaciones de Roca en incidentes similares ocurridos en escuelas.

La sentencia abordó además el rol de la aseguradora estatal, que intentó limitar su responsabilidad a 100.000 pesos, invocando las condiciones de la póliza vigente en abril de 2021, fecha del accidente. El magistrado declaró inconstitucional ese tope, al considerarlo “abusivo” e “irrazonable”, señalando que desnaturaliza el objeto del contrato de seguro y no se ajusta a la realidad inflacionaria y al valor actual de la moneda.

Fuente: telam

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