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29/08/2025

Prohibieron la elaboración y venta de una producto dietario a base de creatina

Fuente: telam

La disposición fue publicada este jueves en el Boletín Oficial

>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves, a través de su publicación en el Boletín Oficial, un suplemento dietario por distintas irregularidades administrativas. Se trata de un producto a base de creatina, utilizado por lo general por quienes entrenan de forma constante.

De acuerdo con lo informado, este suplemento carece de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Tal como precisaron, las actuaciones se iniciaron a partir de una consulta proveniente de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) acerca de la genuinidad del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Como consecuencia de ello, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el Incidente Federal N° 4767 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del SIFeGA. Dado que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó también al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar respecto.

Días atrás, el organismo De acuerdo con la Disposición 5719/2025, se trata de un producto que “no cumplimentó el procedimiento establecido para la importación de alimentos, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”. En este sentido, se prohibió en todo el territorio nacional el fraccionamiento y comercialización de “Dietary Supplement - Colostrum, Restore & Revitalize”, marca Wondercow, en cualquiera de sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento.

Con esto, se puso en duda la genuinidad del producto y el cumplimiento de la normativa alimentaria vigente. Por tal razón, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), requirió a la Dirección de Fiscalización y Control información sobre antecedentes de registro y de ingreso al país del producto.

Fuente: telam

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