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14/08/2025

“Robo porque me gusta”: la vida acomodada del “Concheto” Álvarez, la “banda de los niños bien” y su admiración por Robledo Puch

Fuente: telam

Guillermo Antonio Álvarez ya tenía su famoso apodo desde los tiempos como estudiante. El asaltante de alta gama y asesino rendía culto al “Ángel Negro” y ansiaba con convertirse en su sucesor. Ahora, recibido de abogado en prisión y a cargo de su defensa, de acuerdo a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, deberá ser indemnizado por el Estado argentino

>Ya era “El Concheto” Guillermo Antonio Álvarez cuando concurría a la escuela secundaria y el apodo le quedó para siempre. Pero más allá del look impecable —peinado a la gomina, lentes, buen aspecto—, detrás de esa fachada, escondía una especie de demonio. Tanto en el Colegio San Patricio de Acasusso como en el Instituto Nuestra Señora de Fátima, en Martínez, vivió coleccionando amonestaciones. Terminó expulsado el día que, como en una vieja escena de circo, incrustó su cortaplumas en el pizarrón como lo hacían aquellos célebres lanzadores de cuchillos que pedían silencio para impresionar al público que colmaba las gradas y aplaudía a rabiar cada acierto en la estocada.

No fue todo. Luego concurrió con su banda al pub Company, en Belgrano. Lo acompañaban varios marginales, entre ellos: Oscar “El Osito” Reinoso, César Mendoza y Walter Ramón “Oaky” Ponce. Una vez instalados dentro del local desvalijaron a los parroquianos. Todo se complicó cuando apareció en escena el subinspector de la Federal, Fernando Aguirre, que estaba allí disfrutando de su franco. Apenas el oficial lanzó el clásico “¡Alto, policía!”, comenzaron a dispararle a mansalva. El Concheto lo terminó de ejecutar cuando ya estaba tendido en el suelo. En el tiroteo también murió una joven que celebraba su cumpleaños, Andrea Carballido. En la gavilla de Álvarez terminó herido Reinoso y entre todos lo trasladaron mientras huían a la vivienda de su hermana, pero finalmente falleció. El Concheto no aceptó reproches de la familia de El Osito, al contrario, envalentonado les dijo: “Yo intenté salvarlo. Al poli que mató a tu hermano lo cociné a balazos”.

Robaba por adrenalina, no por necesidad. Él y sus secuaces fueron apodados “La banda de los niños bien” por la apariencia de El Concheto, que vivía a cuerpo de rey. No así sus cómplices, lúmpenes que reclutaba en la villa La Cava de San Isidro, cercana a Acasusso, donde él residía en la zona “concheta”. Su objetivo era asaltar comercios de alta gama: La Biela, Harry Cipriani, Chungo, Café de los Incas, La Parolaccia, Company, Camerún...

El Concheto aprovechó la situación y, ante la justicia, expresó que sentía que había pagado sus culpas y que ansiaba reinsertarse en la sociedad. Se puso de novio y se refugió en Gualeguaychú. Pasaron tres meses y volvió a las andadas. Fue acusado de robarle plata a un colombiano que acababa de retirar de una compañía financiera, una típica salidera bancaria. Para colmo lo encontraron en Buenos Aires pese a que no podía salir de Entre Ríos.

Le revocaron el beneficio y la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena a reclusión perpetua más la accesoria por tiempo indeterminado. Sus antecedentes e informes psicológicos y psiquiátricos también lo condenaban. Los peritos dijeron que estaban ante “un narcisista, un psicópata perverso”. Y eso le fascinaba porque repetía que así lo habían calificado también a Robledo Puch.

Y empezó a dar una batalla que le dio resultados. En noviembre de 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró al país responsable de las violaciones de distintos derechos en perjuicio del “Concheto” Álvarez, durante el proceso penal al que fue sometido en 1999 por el Tribunal Oral de Menores (TOM) 1 de la Capital Federal.

Concluyó que, a raíz de diversas conductas desplegadas por ese Tribunal, “Argentina es responsable por la violación de los artículos 8.1 (garantías judiciales), 8.2 (presunción de inocencia), 8.2.c (derecho del inculpado al tiempo y los medios adecuados para la preparación de su defensa), 8.2.d (derecho del inculpado a designar abogado defensor de su confianza), 8.2.e (derecho a la defensa técnica eficaz), 8.d.f (derecho de la defensa a interrogar a los testigos presentes en el tribunal) y 25.1 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. Además declaró “la responsabilidad del Estado por la violación del artículo 8.2.h (derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior) de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 (obligación de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento”, según el organismo en un comunicado difundido en ese momento.

El fallo no solo ordenó que el Estado argentino realice una “revisión amplia de la sentencia dictada en su contra y de la condena impuesta, en coherencia con la garantía del derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior”. También dictó que se pague “las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales”.

La decisión surgió tras el fallo emitido por la CIDH el 24 de marzo de 2023 en el caso “Álvarez vs. Argentina”, que ordenó al Estado nacional indemnizar al condenado por múltiples homicidios.

El fallo bajo el expediente “Álvarez vs. Argentina” fue registrado formalmente en el país con la publicación del decreto firmado por el presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, el ministro de Economía, Luis Caputo y el embajador Gerardo Werthein. El gasto requerido para cumplir esta medida será imputado a la Jurisdicción 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro, según indica la normativa oficial.

Un nuevo botín para “El Concheto” Álvarez, quizás hoy, a sus 47 años, el de mayor estímulo, goce o excitación en el desafío constante que propone su vida delincuencial.

Fuente: telam

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