22/07/2025
El Gobierno avanza en el proceso de privatización de AySA y habilitó a la empresa a cortar el suministro por falta de pago

Fuente: telam
A través de un DNU publicado en el Boletín Oficial, introdujeron un nuevo marco legal que habilita la transferencia de acciones y otorga a la empresa facultades para cortar el servicio por falta de pago
>El Gobierno nacional oficializó, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 493/2025, una profunda reforma del marco regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). La medida, firmada por el presidente Javier Milei y su gabinete, sustituye decenas de artículos del régimen anterior vigente, La decisión afecta directamente a los usuarios de agua y cloacas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de numerosos partidos del Conurbano bonaerense, donde AySA presta servicios. El decreto entró en vigencia este martes 22 de julio, tras su publicación en el Boletín Oficial.
El DNU modifica el artículo 2° del Decreto 304/2006, que establecía la titularidad estatal del 90% del capital de AySA, y autoriza al Estado Nacional a “enajenar total o parcialmente su participación accionaria, conforme a las modalidades y procedimientos establecidos en las Leyes Nros. 23.696 y sus modificatorias y 27.742”. De este modo, se habilita la venta de acciones y la entrada de capital privado en la empresa, en línea con la declaración de “sujeta a privatización” dispuesta por la Ley 27.742.El nuevo marco regulatorio sustituye más de 100 artículos del régimen anterior y redefine los deberes y atribuciones de la concesionaria. Entre las principales novedades, se establece que la empresa podrá “cobrar las tarifas por el Servicio Público y las Actividades Complementarias Reguladas prestados bajo las modalidades que establezcan el presente Marco Regulatorio, el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) y el Contrato de Concesión”.
El decreto incorpora un “Plan Director de Mejora Estratégica”, que deberá ser elaborado por la Agencia de Planificación (APLA) y revisado cada cinco años. Este programa servirá como directriz para la ampliación y extensión del servicio, aunque no tendrá carácter vinculante. También se prevé la posibilidad de modificarlo ante causas extraordinarias, a pedido de la concesionaria o de los organismos de control.
En cuanto a la transición hacia la privatización, el DNU introduce una cláusula que permite establecer “un régimen de transición a los efectos de permitir una implementación ordenada y progresiva de las disposiciones de este Marco Regulatorio en lo pertinente, por un período no mayor de cinco años, una vez formalizada la privatización, y con el propósito de mantener en todo momento el equilibrio de la ecuación económico financiero del Contrato de Concesión”.Entre las obligaciones de la concesionaria, el texto destaca la necesidad de “prestar el Servicio Público en las condiciones establecidas en este Marco Regulatorio, en los términos del Contrato de Concesión y en el Plan de Acción de la Concesionaria”, así como la de “elaborar el Plan de Acción de la Concesionaria en los términos previstos en este Marco Regulatorio y en el Contrato de Concesión”. El decreto también exige la publicación de información relevante para los usuarios y la atención permanente de reclamos.
El DNU prevé mecanismos de resolución de controversias entre el Estado y la concesionaria, incluyendo la posibilidad de recurrir a arbitrajes, y faculta a la empresa a celebrar convenios con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.La norma lleva las firmas del presidente Javier Milei y de los ministros Guillermo Francos, Gerardo Werthein, Luis Petri, Luis Caputo, Patricia Bullrich, Mario Iván Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger.
El DNU fue remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, que deberá pronunciarse sobre su validez en un plazo de diez días hábiles, según lo dispuesto por la Ley 26.122.Fuente: telam
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