07/07/2025
Ofensiva contra Ingresos Brutos: el BCRA identificó a las provincias que más cobran a los servicios financieros

Fuente: telam
La autoridad monetaria subió a su web un informe de la cámara del sector que muestra cuánto impone cada distrito a la actividad bancaria. El objetivo es que los usuarios puedan comparar el costo de su distrito con el resto
>Un documento elaborado por la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA) y remitido al Banco Central de la República Argentina (BCRA) detalló la carga tributaria que las provincias imponen sobre los servicios financieros a través del Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB). La información incluyó una tabla comparativa con las alícuotas aplicadas, el tratamiento de los títulos públicos y los créditos hipotecarios, así como los criterios utilizados para la base imponible del impuesto. El objetivo del informe fue transparentar el impacto impositivo sobre el sistema bancario y facilitar la comparación entre distritos.
A partir de allí, el listado descendió en escalones menores: San Juan aplicó un 8,50%, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Chaco, Jujuy y Salta fijaron su tasa en 8%, mientras que Santa Cruz también impuso un 8% pero con particularidades sobre la base de cálculo. Misiones estableció una alícuota de 7,80%, Mendoza un 7%, San Luis utilizó una base diferencial con un 6,50% sobre el spread, Formosa un 5,50%, Corrientes un 4,70% y Santiago del Estero cerró la tabla con un 3%, también sobre el spread.
“Entre los impuestos distorsivos que encarecen el crédito bancario, IIBB es el más gravoso. Las provincias y CABA deberían reconsiderar sus políticas de gastos e impuestos a fin de permitir el desarrollo del crédito en sus jurisdicciones”, dijo Javier Bolzico, presidente de ADEBAEl informe de ADEBA recordó que hasta 2003, todas las provincias utilizaban una misma fórmula para calcular la base imponible: la diferencia entre el total del haber de las cuentas de resultado y los intereses y actualizaciones pasivas, ajustadas por su exigibilidad en el período fiscal, es decir, el spread. Sin embargo, en 2004, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires alteró ese criterio y definió como base imponible el total del haber de las cuentas de resultado sin deducciones. Este cambio generó un aumento inmediato y sustancial del impuesto para las entidades financieras.El informe también incluyó una mirada retrospectiva sobre la evolución de las alícuotas. En 2004, la alícuota de CABA era del 5%, la de la Provincia de Buenos Aires del 6%, en Córdoba era del 3,5% y en Mendoza del 4%. Actualmente, esos valores subieron al 8%, 9%, 9% y 7%, respectivamente, lo que marcó un aumento considerable de la presión fiscal sobre el sector.
Uno de los aspectos clave relevados en el documento fue si los distritos incluían o no a los títulos públicos y a los créditos hipotecarios dentro de la base imponible del impuesto. La inclusión de estos ítems encarece tanto el financiamiento público como el acceso al crédito para la vivienda, impactando en forma directa sobre la economía real.Respecto a los créditos hipotecarios, los gravan: Catamarca, La Rioja, Santa Fe, Tierra del Fuego, Santa Cruz, Mendoza y San Luis. Este tratamiento impositivo incide negativamente sobre los préstamos destinados a la compra de vivienda, al elevar el costo del financiamiento y reducir su accesibilidad.
La comparación del informe permitió observar que existe una alta heterogeneidad en el tratamiento del IIBB sobre la actividad financiera entre las distintas jurisdicciones del país. Mientras La Pampa aplicó la alícuota más alta del país con un 9,10%, Santiago del Estero se ubicó en el extremo opuesto con un 3%, aunque con la salvedad de que utiliza el spread como base, lo cual reduce significativamente la carga fiscal.En el medio del ranking, provincias como San Juan con 8,50% o CABA, Chaco, Jujuy y Salta con 8% aparecen como jurisdicciones con cargas altas, aunque no en el nivel máximo. Aun así, el informe remarcó que el simple valor de la alícuota no es el único elemento determinante: el criterio de base imponible y la inclusión de instrumentos financieros o préstamos hipotecarios también son componentes claves para evaluar la carga fiscal total.
El informe no se limitó a presentar datos estáticos. También indicó que la combinación de alícuotas altas, base imponible ampliada y la inclusión de títulos públicos o créditos hipotecarios impacta negativamente sobre el sistema financiero y sus usuarios. La carga tributaria se traslada en forma directa a las tasas activas y pasivas, lo cual reduce los márgenes de intermediación y encarece el acceso al crédito.Por otro lado, al afectar a los créditos hipotecarios, el impuesto desincentiva el financiamiento de vivienda, particularmente en segmentos de clase media que requieren de préstamos a largo plazo. La combinación de tasas de interés elevadas y carga tributaria adicional limita la posibilidad de acceso a una vivienda propia.
Frente a este escenario, ADEBA planteó que la heterogeneidad tributaria en el país no solo genera inequidades entre entidades financieras, sino que también tiene efectos económicos concretos sobre los ciudadanos. Las diferencias en el tratamiento del IIBB entre provincias se traducen en costos diferenciados para usuarios de servicios financieros según su lugar de residencia.Fuente: telam
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