07/07/2025
Con nuevos planes sociales, ampliaron el alcance del Programa Puente al Empleo

Fuente: telam
Los cambios fueron formalizados a través de una Resolución Conjunta entre el Ministerio de Economía y la cartera que dirige Sandra Pettovello
>El Gobierno estableció una serie de modificaciones y actualizaciones sobre el Programa Puente al Empleo, que otorga beneficios a las empresas que contraten a titulares de asignaciones sociales con el fin de incrementar el trabajo registrado. Los cambios quedaron reflejados en las primeras horas de este lunes a través de Boletín Oficial.
Entre ellos se encuentran el Programa Volver al Trabajo, que reemplaza a Potenciar Trabajo luego de las modificaciones de febrero y abril de 2024, y el Programa de Acompañamiento Social. El primero busca fortalecer competencias sociolaborales y mejorar la empleabilidad, mientras el segundo apunta a la inclusión social y al fortalecimiento del núcleo familiar en contextos de alta vulnerabilidad. También se integran el Programa de Inserción laboral y el de Fomentar al empleo.
A poco de cumplirse los 24 meses de duración que habían sido establecidos en un principio, el Poder Ejecutivo emitió una prórroga que determinaba: “Extiéndese la aplicación del De esta manera, los empleadores que contraten a trabajadores incluidos en los programas sociales, educativos o de empleo designados por la normativa y que generen así un incremento en su plantilla, podrán acceder a la reducción del total de las contribuciones patronales correspondientes a subsistemas de seguridad social durante los primeros doce meses del vínculo laboral. Además, las asignaciones dinerarias que recibían los beneficiarios de programas sociales pueden ser imputadas a cuenta del pago de las remuneraciones, fenómeno que busca facilitar la formalización sin generar un impacto abrupto en la remuneración final del trabajador.
Esto implica que el monto del plan social sea sumará al salario, mientras que el empleador solo deberá cubrir la diferencia necesaria para completar el total de la remuneración, conforme a las normativas complementarias vigentes.Los cambios implementados a partir de la reciente Resolución 1/2025 también responden a la necesidad de eliminar aquellos programas que ya no están vigentes, como el Programa Jóvenes MiPyMEs. Asimismo, regula y clarifica la articulación con otras políticas públicas e incorpora precisiones sobre los contratos laborales susceptibles de integrar el esquema de beneficios, que abarcan relaciones por tiempo indeterminado, tiempo parcial, plazo fijo, trabajo de temporada, y distintas modalidades agrarias y de la construcción.En caso de que el contrato laboral se interrumpa durante la vigencia del Programa, el trabajador podrá seguir recibiendo las asignaciones dinerarias de los programas sociales, siempre que sus aportes al Sistema de Seguridad Social no excedan los 12 meses. Además, si el tiempo trabajado oscila entre los 8 y 12 meses, los trabajadores tendrán la opción de permanecer en el programa de origen o de acceder a la prestación por desempleo, según lo establecido en las normativas aplicables.
Las condiciones para acceder se canalizan a través del programa Portal Empleo o en las delegaciones oficiales. Mientras que la verificación y gestión de las asignaciones imputadas a cuenta del salario se operarán bajo el Programa de Inserción Laboral de la Secretaría de Trabajo. Se establecen cruces obligatorios de datos entre organismos para controlar el alta y baja de beneficiarios, procurando evitar superposiciones y garantizar el destino adecuado de los subsidios y apoyos económicos.Fuente: telam
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