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03/07/2025

El Tesla en la cochera: todo lo que hay que saber a la hora de comprar un auto en el exterior de manera particular

Fuente: telam

El Gobierno simplificó el mecanismo para importar vehículos desde otros países sin comprarlo a una marca o concesionaria local. Los trámites que se deben hacer si es un auto que ya está en el mercado o si es uno que no se vende

>Desde este próximo jueves, importar un vehículo para uso particular será mucho más simple y posible para quienes quieran hacerlo. La Resolución 271/2025 publicada en el Boletín Oficial con fecha 2 de julio así lo habilita, cerrando un proceso de más de tres meses en los que la reglamentación técnica tuvo que pasar por varios controles de distintas áreas a las impactaba cambiar el sistema vigente de homologaciones.

La reforma que se introdujo, y que estaba pendiente de la reglamentación técnica que se oficializó ahora, permitirá que cualquier ciudadano que quiera importar un automóvil para su uso particular tenga dos posibles caminos para hacerlo: usar una certificación ya existente, conocida como Licencia de Configuración de Modelo (LCM) o tramitar una equivalente que se denomina Certificado de Seguridad Vial (CSV) en una dependencia habilitada del Ministerio de Transporte por medio de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

La nueva norma especifica que si el vehículo a importarse tiene ya una LCM homologada para Argentina, una persona física podrá usarla libremente para ingresar un automóvil por año para uso particular; es decir, no lo puede vender por dos años.

El trámite que debe hacer esa persona es contratar un despachante de aduana, viajar al país desde donde importará el automóvil o conseguir de algún modo la unidad en el país desde el cual lo quiera importar, pagar todos los impuestos que corresponden para nacionalizar un automóvil y solamente presentar esa LCM a la que tendrá libre acceso por única vez cada año.

Si el vehículo a importarse no tiene una LCM homologada en el país, hay dos caminos para recorrer. El primero es conseguir una certificación industrial como las que exige Argentina, es decir, certificaciones de un Organismo Certificador reconocido por las Naciones Unidas (TRANS/WP29/343).

Pero como es poco probable que un particular consiga esa documentación de parte de un fabricante internacional, el Gobierno dispuso la creación del Certificado de Seguridad Vial (CSV), que no es otra cosa que una profunda verificación técnica que sólo podrán hacerse en dependencias habilitadas a tal fin por el organismo de control, por medio de la cual se podrá conseguir la habilitación para que ese vehículo pueda circular por la vía pública.

Adicionalmente, y más allá de la importación de autos para particulares, otra de las novedades de importancia que se conocieron con la reglamentación publicada este miércoles, es que se eliminó la exigencia que anteriormente había respecto la exclusividad que los importadores tenían que certificar para poder nacionalizar vehículos.

Ahora, el Gobierno no tiene más injerencia y si un fabricante de autos decide darle una representación oficial a más de una empresa, podrá hacerlo mientras ambas puedan presentar la documentación del fabricante para poder nacionalizar ese modelo de auto.

Fuente: telam

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