28/05/2025
Como en Estados Unidos: dónde están las primeras estaciones de servicio habilitadas para el autodespacho de combustibles

Fuente: telam
La Secretaría de Energía publicó el primer registro oficial con direcciones exactas y operadores autorizados del sistema de expendio automático
>La Secretaría de Energía difundió el primer listado oficial de estaciones de servicio habilitadas para operar con el sistema de autodespacho de combustibles líquidos, una modalidad que permite a los usuarios cargar nafta o gasoil El sistema, inspirado en esquemas similares de países como Estados Unidos o algunas regiones de Europa, permite que los consumidores realicen el proceso de carga y pago de forma autónoma. Según la Resolución 147/2025, la implementación es optativa y está sujeta a estrictas condiciones de seguridad operativa.
En este contexto, el organismo publicó el Anexo III del Boletín Oficial con la nómina de las estaciones de servicio que cumplen con las exigencias técnicas y normativas para operar bajo esta nueva modalidad. Se trata de una medida que busca ampliar la oferta de servicios, reducir tiempos de espera y mejorar la experiencia del usuario, sin comprometer la seguridad.Las tres estaciones de servicio que ya figuran como habilitadas en el registro oficial de Energía son:- En el Gobierno esperan que en las próximas semanas queden habilitadas para esta modalidad más estaciones a lo largo del país.El proceso de carga en estas estaciones se realiza mediante la interacción del usuario con un tótem electrónico. Allí, la persona selecciona el tipo de combustible y la cantidad deseada, con opciones de pago mediante tarjeta de crédito, débito o billeteras virtuales. En algunos casos también se ofrece la alternativa de efectivo, aunque esta depende del operador.Una vez abonado el importe, el surtidor se habilita para que el conductor realice la carga directamente. El sistema incluye dispositivos de detección de presencia, válvulas de corte automáticas y sensores de desbordamiento o mal uso, supervisados en tiempo real desde una central operativa. Además, cada estación debe garantizar la presencia de personal capacitado en caso de incidentes o consultas.La Resolución 147/2025 detalla tres modalidades operativas: exclusiva de autodespacho, mixta simultánea y mixta alternada. En la primera, todos los surtidores son de uso autónomo. En la segunda, conviven playeros y surtidores automáticos de manera paralela. En la tercera, la estación ofrece uno u otro servicio en distintos momentos del día o según demanda.
En el caso de incumplimientos, la normativa establece sanciones para el operador, que pueden ir desde multas económicas hasta la suspensión del servicio, dependiendo de la gravedad de la infracción. Las empresas también deben presentar un plan de contingencia ante emergencias y mantener una línea directa de contacto con autoridades locales de seguridad y bomberos.
El objetivo de esta medida es lograr una mayor eficiencia en la atención, especialmente en corredores logísticos, zonas de alto tránsito o establecimientos de gran tamaño, donde el uso del sistema puede acelerar la circulación de vehículos. La modalidad también apunta a facilitar la carga fuera del horario habitual, ya que algunas estaciones operan las 24 horas mediante el sistema de autogestión.En paralelo, el Gobierno habilitó un canal para que nuevas estaciones soliciten su incorporación al régimen. Para ello, deben presentar certificados de habilitación municipal, verificaciones técnicas, y firmar una declaración jurada de cumplimiento de la normativa. Una vez aprobadas, son incorporadas al listado que se actualizará mensualmente.
Fuente: telam
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