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14/05/2025

Ciudadanía por grandes inversiones, deportaciones exprés y residencia más estricta: qué dice la letra chica de la reforma migratoria de Milei

Fuente: telam

El nuevo régimen migratorio saldrá en los próximos días por DNU. Abarca cambios en el ingreso y permanencia en el país, así como para acceder la residencia y la ciudadanía. Los puntos clave

>La administración nacional de La medida fue anunciada esta mañana por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien estuvo acompañado por la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, y el vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán, que tiene bajo su órbita la Dirección Nacional de Migraciones, que es el organismo de aplicación clave para los requisitos que saldrán en los próximos días mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que posiblemente se firme este miércoles.

“Es un DNU porque hay un contexto que lo amerita”, justificó una fuente inobjetable de la Casa Rosada. Alegan que la Ley de Ciudadanía N.º 346 “hoy perdió sentido y precisa un readecuamiento para evitar abusos”. La última vez que se había intentado modificar fue en 2017, también a través de un DNU impulsado por Bullrich durante la administración de Mauricio Macri, el cual fue “Las nuevas formas de movilidad, la amplitud de nuestras fronteras se combinan con la nueva política migratoria de los Estados Unidos, por lo que tenemos que delimitar bien nuestra política”, dijeron desde la redacción de la -inminente- legislación. Hasta el mes pasado las expulsiones de la administración Trump se estimaba mayor a El nuevo régimen contempla un conjunto de modificaciones normativas orientadas a establecer reglas diferentes para el ingreso, permanencia y acceso a la residencia y a la ciudadanía (la cual habilita la otorgación del Pasaporte y el derecho a voto en elecciones nacionales).

En caso de no estar encuadrado en ninguno de los regímenes de residencia legal, deberá regularizar su situación obligatoriamente si quiere iniciar ese período de dos años para la ciudadanía.

Como una novedad, la normativa crea una suerte de “ciudadanía por grandes inversiones”. Es un asunto que deberá ser elaborado en la reglamentación posterior, pero, a modo general, servirá para acelerar el proceso de ciudadanía para aquellos extranjeros que radiquen grandes inversiones en el país.

Los requisitos para acceder a la residencia permanente se reforzarán aún más. Esta se dará automáticamente solo hijos de argentinos. Los padres pasarán a encuadrarse en el régimen de residencia temporaria. Si luego acreditan arraigo, medios económicos suficientes (eso se determinará con exactitud en la reglamentación) y antecedentes penales limpios, están admitidos a ser residentes permanentes.

En lo que refiere al ingreso de extranjeros al país, el organismo de aplicación va a pedir en todas las ocasiones una declaración jurada y la contratación de un seguro médico.

Para el caso de la permanencia en el país, el Estado podrá deportar cuando la persona extranjera haya hecho cualquier tipo de delito y tenga condena firme, no pudiéndolo hacer cuando esté en proceso de ser juzgado o le queden etapas para apelar. Se trata de un elemento central. Aunque no se tiene el número desglosado entre los extranjeros, el 39,2% de las personas privadas de su libertad en todo el país Como medida complementaria a esto último, se acortarán los plazos de apelación administrativa y judicial en los procesos de expulsión. A diferencia del DNU de 2017, no va a existir la “notificación de pleno derecho” para “proteger el derecho de defensa”.

El DNU tendrá los nuevos elementos para el control y rechazo inmediato de personas migrantes. Quienes ingresen al país por pasos no habilitados podrán ser expulsados en situación de flagrancia. Además, Migraciones contará con nuevas herramientas para constatar la situación migratoria de personas en el territorio nacional.

A pesar de estar en la nueva redacción, un apartado importantísimo no reflejado en el anuncio del vocero presidencial es la cuestión de la “dispensa” para extranjeros, que no es más que refiere a las situaciones en las que, a pesar de cumplir con los requisitos que podrían llevar a la expulsión del país, se decide no aplicarla. “Si una persona no cometió delitos que atentaran contra la vida, la integridad sexual o al orden democrático, podrá existir esta válvula de escape”, esgrimieron fuentes judiciales del Gobierno.

Sobre el acceso a los servicios públicos, el Estado Nacional exigirá el pago por los servicios de salud (en hospitales nacionales) a residentes transitorios, temporarios e irregulares, exceptuando emergencias. Las universidades nacionales podrán cobrar aranceles a extranjeros no residentes, respetando su autonomía institucional.

El último informa anual del Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución de la Pena (SNEEP) informa que la población carcelaria hasta el 31 de diciembre de 2023 era de 111.967 personas, siendo extranjera el 6% del total (6644 personas). El 4% está compuesta por países limítrofes y Perú. De este grupo, 1923 personas son de Paraguay, 905 de Bolivia y 857 de Perú.

El informe anual de 2024 del Ministerio Público Fiscal publicado a comienzos de año informa que hay 1.884 personas extranjeras detenidas bajo la órbita del Sistema Penitenciario Federal (SPF), un 16,1% de la totalidad de esa población carcelaria. De este subgrupo, 69% son oriundas de Paraguay, Bolivia y Perú, si a ello se agregan los oriundos de Brasil, Uruguay y Chile se puede observar que las personas privadas de libertad de países limítrofes supera el 80% de la totalidad de los extranjeros.

Fuente: telam

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