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14/05/2025

Elecciones CABA 2025: en qué casos se puede renunciar a ser autoridad de mesa

Fuente: telam

El Código Electoral de la Ciudad de Buenos Aires comprende una serie de requisitos para ser autoridad de mesa o eximirse de dicha responsabilidad

>El próximo domingo 18 de mayo, Entre las 17 listas que participarán de los comicios, los principales nombres que encabezan las boletas son Silvia Lospennato, Leandro Santoro, Manuel Adorni, Horacio Rodríguez Larreta y Ramiro Marra.

Las autoridades de mesa deberán estar presentes durante todo el acto electoral. Es decir, deben estar presentes desde la apertura hasta la clausura del comicio y velar por su desarrollo correcto. En este sentido, sus obligaciones son las siguientes:

    Para ser autoridad de mesa es necesario ser “elector hábil”. Es decir, tener entre 18 y 70 años de edad, residir en la sección electoral donde va a desempeñarse, saber leer y escribir, estar inscripto en el padrón electoral y no estar afiliado a ningún partido.

    El Código Electoral porteño establece que estará eximido para presentarse como autoridad de mesa toda persona que:

      En este punto, la persona que sea notificada de su designación como autoridad de mesa y se encuentre comprendido en algunas de dichas causales, deberá informar y acreditar el hecho ante el Tribunal Electoral dentro de los tres días hábiles, luego de dicha notificación.

      Con la inhabilidad resulta, “el Tribunal Electoral seleccionará su reemplazo entre los electores inscriptos en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa”.

      Asimismo, entre las excepciones también figura las razones de “enfermedad” o “fuerza mayor”, que deberán ser notificadas dentro del plazo mencionado. O tres días hábiles posteriores al evento electoral por razones exclusivamente sobrevinientes.

      El artículo 196 del Código Electoral de la Ciudad de Buenos Aires señala que las autoridades de mesa percibirán una suma fija en pesos, en concepto de viáticos. El monto será determinado por el Instituto de Gestión Electoral y estará contemplado en la confección de su presupuesto.

      El mismo monto se determinó también a modo de compensación económica para quienes hayan participado de la capacitación electoral. El pago del mismo será por única vez.

      En caso de que un ciudadano desempeñe la función de autoridad de mesa en más de una elección, se sumarán los montos de los viáticos correspondidos por cada acto electoral. Y se abonarán en forma conjunta, en un mismo plazo.

      Fuente: telam

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