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07/12/2025

De cara a la reforma, los expedientes por juicios laborales casi llegan a 640.000

Fuente: telam

Un informe privado precisó que el número de casos pendientes equivale al 10% del total de asalariados registrados en el ámbito privado

>Además de la reforma laboral que enviara el Gobierno durante las sesiones extraordinarias, la discusión sobre la legislación y sus impactos en la economía tomaron nuevo impulso en las últimas semanas con un caso particular. Cuando un juzgado dictó una indemnización de $250 millones en favor de un mozo con 26 años de antigüedad vinculado a un restaurante. El caso abrió el debate sobre la sustentabilidad del régimen de indemnizaciones y sus efectos sobre empresas y aseguradoras.

Este fallo reciente encendió alarmas en sectores empresariales y en el sistema de aseguradoras, al proyectar un posible efecto multiplicador sobre futuras sentencias. El fenómeno no resulta exclusivo de los despidos individuales. Operadores del sector destacaron que un proceso similar afecta a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), como lo evidencia la inhibición impuesta por la Superintendencia de Seguros de la Nación a una de las compañías de mayor peso en ese mercado. En esa oportunidad, el disparador fue la presión financiera de los juicios acumulados y sus actualizaciones, que absorbieron una porción significativa de los ingresos y complicaron la operatoria habitual de la aseguradora.

La magnitud cobra otra dimensión al relacionar el stock de juicios con los asalariados registrados en el sector privado, que suman alrededor de 6,3 millones. La relación indica que los litigios pendientes representan cerca del 10% del empleo formal, proporción que inquieta a especialistas y destaca el peso del pasivo pendiente sobre las cuentas empresariales y el sistema judicial.

Desde la óptica de quienes siguen la evolución de estos expedientes, la dimensión del stock de juicios amenaza el funcionamiento normal del sector asegurador y de múltiples empresas de servicios y comercio. Al respecto, se señalan que los sistemas de actualización aprobados o sugeridos en las normas actuales convierten en una deuda impagable la suma de pasivos judiciales acumulados.

“El Código Civil y Comercial de la Nación, en su artículo 768, habilita al Banco Central a fijar una tasa de intereses moratorios de referencia para uso de los tribunales en la actualización de deudas. Extremar la prudencia en la definición de esta tasa de interés es la única manera de hacer viable el pago de los juicios acumulados”, destacaron en el informe de Idesa.

No obstante, ese modelo choca con el objetivo de aliviar el pasivo asociado a los millones de juicios que esperan sentencia. Analistas proponen para ese universo aplicar hasta el 31 de diciembre de 2025 la metodología de la Comunicación BCRA 14.290, que combina los rendimientos de caja de ahorro y plazos fijos, y luego, a partir de enero de 2026, empalmar ese índice con la fórmula incorporada por el Decreto 70/2023 (IPC + 3% anual).

El debate permanece abierto sobre cuál será el índice de actualización definitivo que los tribunales aplicarán para los juicios actuales. Tanto las empresas como las cámaras empresariales y las aseguradoras de riesgos laborales aguardan definiciones normativas que aporten previsibilidad a los pagos y permitan dimensionar el tamaño real del pasivo. Mientras tanto, el stock de juicios laborales sigue creciendo y compite por el centro de la agenda en la definición de la próxima reforma laboral.

Fuente: telam

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