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06/12/2025

¿Cuántos meses de trabajo necesito para cobrar el aguinaldo de diciembre 2025?

Fuente: telam

La Ley del Trabajo garantiza la percepción del Sueldo Anual Complementario en el último mes del año, recibiendo el monto proporcional correspondiente a los seis meses anteriores

>El El detalle para los que desean saber quiénes tienen El aguinaldo es un pago extraordinario que reciben los trabajadores en relación de dependencia del sector privado y público, además de jubilados y pensionados. Se abona en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre de cada año. Quienes acceden son empleados registrados (planta permanente o contratados), personal doméstico formalizado y trabajadores rurales bajo convenio. Quedan excluidos autónomos, monotributistas y quienes realicen tareas independientes, salvo casos puntuales previstos en disposiciones especiales.

Para jubilados y pensionados, el llamado formalmente Prestación Anual Complementaria también se paga en dos cuotas anuales junto con los haberes habituales, según lo estipula la Ley 24.241. ANSES, como organismo encargado, informa los cronogramas correspondientes.

Para cobrar el aguinaldo completo en diciembre, es necesario haber trabajado durante los seis meses del segundo semestre del año, es decir, de julio a diciembre. Sin embargo, quienes tengan menos de seis meses de antigüedad también acceden al beneficio, pero el monto se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en el semestre.

Por ejemplo, si un empleado ingresó en septiembre, el cálculo se efectúa sobre los recibos obtenidos desde la fecha de alta hasta noviembre y, luego, se aplica la fórmula proporcional: se toma la mejor remuneración mensual percibida y se la multiplica por la cantidad de meses trabajados, dividiendo el resultado por doce. De este modo, el derecho al SAC no se pierde, aunque no se haya completado el semestre, y se garantiza una compensación al tiempo efectivamente trabajado.

El cálculo clásico del aguinaldo parte de identificar el monto de la mayor remuneración mensual devengada por el trabajador entre los meses de julio y diciembre.

En el caso de tener menos de seis meses de antigüedad, se debe identificar la mejor liquidación mensual, dividir ese monto por doce y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados. Para trabajadores cuyos salarios incluyen rubros variables, como horas extras, comisiones o plus salariales, todos los conceptos remunerativos son considerados en el cálculo.

La Ley de Contrato de Trabajo (N.º 20.744) regula integralmente el derecho al aguinaldo. Según el artículo 122, el Sueldo Anual Complementario debe pagarse en dos cuotas: la primera, antes del 30 de junio; la segunda, antes del 18 de diciembre. Para empresas pequeñas, la Ley 24.467 permite fraccionar el pago del SAC en tres períodos anuales, únicamente si así lo determinan los convenios colectivos.

La ley establece que, en caso de incumplimiento o pago fuera de término, los empleadores pueden recibir sanciones. Asimismo, la normativa garantiza el derecho al cobro proporcional cuando la relación laboral culmina antes de junio o diciembre, protegiendo así los períodos trabajados.

Fuente: telam

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