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29/10/2025

Juicio por YPF: Argentina defendió su posición y la Cámara de Apelaciones de Nueva York puso a prueba los argumentos de Burford

Fuente: telam

El tribunal de Apelaciones escuchó los alegatos de las partes tras una batalla judicial de alto impacto en la que el país fue condenado en primera instancia a pagar unos USD 18.000 millones

>(Desde New York, Estados Unidos) La Corte de Apelaciones de Nueva York escuchó hoy la apelación de la República Argentina contra el fallo de primera instancia de la jueza Loretta Preska, quien en 2023 condenó al país a pagar una indemnización de 16.000 millones de dólares por la expropiación de YPF.

La audiencia sucedió en la sala 1703 del edificio de la Corte Thurgood Marshall, muy cerca del puente de Brooklyn. A las 1130 (hora del Este), inició la sesión con un lleno de casi doscientos abogados y asesores que aguardaron en silencio cuando aparecieron los tres magistrados.

Infobae fue el único medio que estaba en la audiencia que será clave para la causa que se inició tras la expropiación de YPF ordenada por Cristina Fernández de Kirchner.

La audiencia se extendió por casi dos horas, y fue una batalla legal con tono florentino. Todos los abogados se conocen entre sí, y a su turno, cada uno de ellos trataba como suma diplomacia a su adversario en la Corte de Apelaciones.

“Mi amigo, mi colega”, se decían mutuamente Roberto Giuffra -abogado de Argentina- y Paul Clement, representante del Burford. Pareciera que a Giuffra le fue mejor que a su colega Clement.

Al menos así lo mostró el precio de su acción, que caía casi un 10% al concluir la audiencia de apelación en el histórico edificio Thurgood Marshall.

Los jueces Chin, Cabranes y Robinson exhibieron un conocimiento profundo del Caso YPF, y cada uno de ellos preguntó sobre asuntos claves del expediente: la diferencia jurídica entre el Estado Nacional y la compañía petrolera, la jurisdicción que debería tratar el litigio -Buenos Aires o New York- y el monto de 16.000 millones de dólares que estableció Preska como indemnización.

La intervención de Giuffra giró sobre tres ejes: el derecho público argentino, el derecho privado societario y la metodología para el cálculo de daños.

Giuffra sostuvo que “la Corte del distrito (por Preska) inventó un remedio sin precedentes no autorizado por la ley argentina”. Alegó que “el fallo es el mayor dictado nunca contra un Estado soberano por el Distrito Sur de Nueva York” y precisó que “los reclamos de los demandantes son exclusivamente de derecho argentino”.

-No creemos que la Corte debió haber tomado el caso, pero entendemos que se debe revisar de manera independiente si la jueza Preska aplicó correctamente la ley argentina, y esa es la verdadera discusión del caso”-, contestó el abogado de la Argentina.

A continuación, los magistrados trataron el concepto de “forum non conveniens”, que es muy importante para determinar si la jurisdicción del expediente es New York o Buenos Aires.

Con atención, los subprocuradores Stampalija y Julio Pablo Comadira escucharon el alegato de la defensa, que tendrá su peso al momento del fallo que emita el tribunal durante 2026..

A su turno, Paul Clement, abogado de los demandantes, refutó la posición argentina que sostiene que los inversores debían agotar exclusivamente el fuero argentino. Esta puja por la interpretación del derecho es esencial para determinar la jurisdicción del caso.

El debate técnico se profundizó cuando se trató el supuesto carácter bilateral de la obligación incluida en el estatuto de YPF.

La Corte interrogó a Clement sobre la idoneidad del tribunal de Nueva York para tratar estos conflictos. El abogado, girando sobre un argumento que sostiene los intereses de Burford, invocó factores de conveniencia y riesgos procesales en Argentina:

Al cierre de la audiencia, el abogado de YPF fundamentó porqué la compañía petrolera debía quedar al margen del expediente, como resolvió Preska. Un fallo que los abogados de Burford apelaron.

La Corte de New York no tiene plazo para resolver la sentencia, pero es posible que se conozca durante 2026.

Fuente: telam

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