02/09/2025
Burkina Faso prohibió la homosexualidad con penas de hasta cinco años de prisión

Fuente: telam
El Parlamento aprobó por unanimidad una reforma del “Código Personal y de las Familias” que castiga las relaciones entre personas del mismo sexo con cárcel y multas
>El parlamento de Burkina Faso aprobó una ley que prohíbe la homosexualidad, estableciendo penas de entre dos y cinco años de prisión para quienes la infrinjan, según informó la emisora estatal el lunes por la noche.
Con esta decisión, Burkina Faso se une a más de la mitad de los 54 países africanos que mantienen legislaciones contra la homosexualidad, con sanciones que van desde varios años de cárcel hasta, en algunos casos, la pena de muerte. Aunque estas leyes reciben críticas a nivel internacional, dentro de los países suelen ser bien vistas, ya que tanto ciudadanos como autoridades consideran la homosexualidad una conducta importada y no una orientación sexual.
“La ley prevé penas de prisión de dos a cinco años y multas. Y si la persona que comete estas prácticas homosexuales es asimilada, incluso en comportamientos extraños que así lo sugieran, comparecerá ante el juez”, declaró el ministro, dirigiéndose a los posibles infractores.
Desde que asumió el poder en septiembre de 2022 —tras el segundo golpe de Estado en un mismo año—, el capitán Traoré se ha posicionado como un líder de perfil panafricanista. Su discurso, centrado en la independencia respecto a Occidente y en el fortalecimiento del orgullo africano, ha calado especialmente entre la juventud del continente.
El nuevo código también tendrá repercusiones para los ciudadanos extranjeros: en caso de condena, la sanción contemplará la expulsión del país. La normativa fue respaldada por los 71 miembros no electos de la Asamblea Legislativa de Transición, órgano instaurado en diciembre de 2023 por la junta militar tras el golpe de Estado que depuso al entonces presidente Roch Marc Christian Kaboré.Más allá de la cuestión de la homosexualidad, el nuevo código introduce otras reformas relevantes: permitirá a las comunidades atribuir a los hijos el apellido del padre o de la madre según sus costumbres y tradiciones; reconocerá los “matrimonios consuetudinarios y religiosos”; establecerá la digitalización del registro civil; y elevará de 18 a 20 años la mayoría de edad, aunque se mantiene en 18 la edad mínima legal para contraer matrimonio.
(Con información de AP/Europa Press)Fuente: telam
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