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26/06/2025

Fallos favorables a Meta y Anthropic intensifican el debate sobre derechos de autor e Inteligencia Artificial

Fuente: telam

El uso de libros por parte de las empresas para entrenar chatbots fue avalado esta semana por tribunales federales de Estados Unidos, que en ambos casos determinaron que estaban amparadas en el concepto de “uso justo”

>Un juez federal en Estados Unidos dictaminó esta semana que la empresa de inteligencia artificial Anthropic no violó la ley al utilizar libros protegidos por derechos de autor para entrenar su chatbot, Claude, sin el consentimiento de los autores o editores de los textos, aunque ordenó que la compañía enfrente un juicio por presuntamente haber empleado versiones pirateadas de esos libros. La decisión, emitida el lunes por el juez William Alsup del Tribunal del Distrito Norte de California, representa un avance para las empresas de inteligencia artificial, que han enfrentado demandas por derechos de autor de escritores y organizaciones de noticias debido al uso de sus obras para entrenar sistemas de IA.

Tanto las victorias de Anthropic como de Meta giran en torno al entrenamiento de modelos de IA con libros, pero existen otras demandas activas contra empresas tecnológicas por entrenar modelos de IA con otros tipos de obras protegidas. Por ejemplo, The New York Times ha demandado a OpenAI y Microsoft por adiestrar modelos de IA con artículos periodísticos, mientras que Disney y Universal han demandado a Midjourney por la misma práctica con películas y programas de televisión.

En conjunto, estos casos representan un avance para la industria tecnológica, que lleva años en disputas legales con empresas de medios argumentando que el entrenamiento de modelos de IA con obras protegidas constituye uso justo.

El juez William Alsup comparó el uso de los libros por parte de Anthropic para entrenar sus modelos de lenguaje con la situación de un escritor aspirante que lee textos protegidos “no para adelantarse y replicar o suplantar” esas obras, sino para “tomar un giro radical y crear algo diferente”. Esta interpretación se alinea con la doctrina de “uso justo” que permite cierta utilización de obras protegidas bajo circunstancias específicas. Sin embargo, la decisión no exime a Anthropic de responsabilidad en todos los aspectos del caso.

Alsup expresó escepticismo sobre la justificación de Anthropic para descargar copias desde sitios piratas, señalando que dudaba que “cualquier presunto infractor pudiera jamás cumplir con la carga de explicar por qué descargar copias fuente de sitios piratas, que podría haber comprado o accedido legalmente, era razonablemente necesario para cualquier uso justo posterior”. Añadió que el hecho de que “Anthropic luego comprara una copia de un libro que antes había tomado de internet no la eximirá de responsabilidad por el robo, aunque podría afectar el monto de los daños legales”.

En una declaración, Anthropic manifestó satisfacción porque el tribunal reconoció que el uso de obras publicadas para entrenar modelos de lenguaje de gran tamaño (LLMs) es coherente con las leyes de derechos de autor “al permitir la creatividad y fomentar el progreso científico”. No obstante, la empresa expresó su desacuerdo con la decisión de llevar a juicio la cuestión de la “adquisición de un subconjunto de libros y cómo se usaron”, en referencia a las acusaciones de piratería. “Mantenemos la confianza en nuestro caso general y estamos evaluando todas las opciones”, afirmó la compañía.

El juez Vince Chhabria aclaró que su fallo no implica que todo entrenamiento de modelos de IA con obras protegidas sea legal, sino que los demandantes en este caso “presentaron los argumentos equivocados” y no desarrollaron pruebas suficientes en apoyo de los argumentos correctos. Más adelante, añadió: “En casos que involucren usos como los de Meta, parece que los demandantes a menudo ganarán, al menos cuando esos casos cuenten con registros mejor desarrollados sobre los efectos en el mercado del uso por parte del demandado”.

El juez Chhabria determinó que el uso de obras protegidas por parte de Meta en este caso fue transformador, es decir, los modelos de IA de la empresa no reprodujeron simplemente los libros de los autores. Además, los demandantes no lograron convencer al juez de que la copia de los libros por parte de Meta perjudicó el mercado para esos autores, un factor clave para determinar si se ha violado la ley de derechos de autor. “Los demandantes no presentaron ninguna prueba significativa sobre la dilución del mercado”, señaló el juez Chhabria.

Fuente: telam

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