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13/06/2025

La CNV reglamentó la tokenización de activos: en qué casos podrá utilizarse

Fuente: telam

La Comisión Nacional de Valores aprobó un nuevo régimen que permite tokenizar fideicomisos y fondos comunes de inversión cerrados con activos reales, abriendo paso a una etapa inicial de inversión digital bajo tecnología blockchain

>La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General N° 1069 que incorpora, en su primera etapa, la reglamentación final de tokenización para los denominados Activos del Mundo Real (Real World Assets).

La postura de la CNV inicia el camino de la tokenización que puede tener múltiples aplicaciones. Los casos más difundidos son los del mercado inmobiliario y los del agro, apuntando a tokenizar un inmueble, un campo o una tonelada de soja, siempre que estén basados en un fideicomiso.

Por otro lado, señalaron que mediante esta regulación se incorpora la representación digital de valores negociables como una especie particular dentro del género de Tokenización, propendiendo a que las operaciones realizadas con dichos instrumentos reúnan condiciones de seguridad, inmutabilidad, verificabilidad, fungibilidad, integridad, transferibilidad y trazabilidad. “Además se otorga la equivalencia funcional respecto de las representaciones tradicionales, ya sean cartulares o escriturales”, remarcaron.

El presidente de la CNV, Roberto Silva, destacó: “Sancionamos una regulación pionera e innovadora para Argentina, como es la regulación de Tokenización. Esta es la primera parte de la normativa, que salió a consulta pública con la RG N° 1060, y es fundamental, ya que pone a nuestro país nuevamente en la vanguardia de la región y del mundo”.

En consonancia con lo previsto en la normativa vigente, las representaciones digitales iniciales o posteriores de los valores negociables serán negociadas en las plataformas y/o aplicaciones móviles de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrados ante CNV, previéndose sus términos y condiciones en un documento de emisión elaborado por el emisor. Esto se hará luego de la solicitud de representación digital, la cual podrá ser efectuada en uno o más tramos, requiriéndose que los valores negociables sean emitidos cartular o escrituralmente y se depositen ante un Agente Depositario Central de Valores Negociables (“ADCVN”) a través de un depositante autorizado.

La tokenización estará a cargo de una entidad especializada en tecnologías de registro distribuido (TRD), registrada o no como PSAV, que es el nombre legal que poseen los exchange que operan con criptoactivos. Los PSAV intervinientes serán responsables de comercializar los valores negociables representados digitalmente y de la administración, custodia y gestión del entorno digital. También, se admite que el inversor de la representación digital pueda solicitar en cualquier momento el reemplazo de aquella por formas tradicionales.

Desde la Cámara Argentina Fintech apoyaron la medida y explicaron qué se puede “tokenizar” bajo este nuevo régimen:

    Además, explicaron punto por punto por qué es relevante la normativa:

      Juan Pablo Fridenberg, Director de Asuntos Públicos en Lemon, celebró la medida oficializada por la CNV, pero consideró que se puede ampliar el alcance de la resolución. “Es un primer paso importante: por ahora, estos tokens solo podrán ofrecerse dentro de exchanges registrados. Si bien no se incluyeron valores negociables tokenizados, esto marca el inicio de una nueva etapa, donde la tecnología blockchain refuerza su integración con distintos sectores de la economía”, comentó.

      Fuente: telam

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