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28/05/2025

La ANMAT prohibió un insumo odontológico por carecer de registro sanitario

Fuente: telam

La disposición fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial

>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles, a través de su publicación en el Boletín Oficial, una turbina odontológica por carecer del registro sanitario requerido.

En su considerando, la norma explica que las actuaciones se iniciaron por medio una de inspección de personal del Departamento de Control de Mercado que se constituyó en el domicilio de la calle Wilde 12, ciudad de Resistencia, Provincia de Chaco, sede de funcionamiento de la firma “Jokua Dental” de Norma Alicia Dabat.

En el lugar, las personas a cargo del lugar no pudieron acreditar la documentación sobre la procedencia de la unidad al momento de la inspección, comprometiéndose a realizar su búsqueda y la ANMAT informó que no constan registros de inscripción del producto antes detallado.

Días atrás, prohibieron, mediante la En su considerando, explica que las actuaciones se iniciaron en virtud de que personal de la ANMAT se constituyó en el domicilio del Bv. Chacabuco 249, Córdoba, sede de funcionamiento de la firma “Omar Dental” de Chacabuco Dental SAS.

En consecuencia, a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios de los productos involucrados, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó avanzar en este sentido.

Por otro lado, la Disposición 3269/2025 establece una medida similar sobre un producto de brackets para ortodoncia identificados como: «Universo Odonto- Ortodontia Pérola braquete cerámico - fabricado por INOVATIVE».

De esta manera, se determinó que el producto no fue sometido a la evaluación de la autoridad sanitaria por lo que resulta un producto médico sin registro, respecto del cual se desconocen sus características, funcionalidad y seguridad, por lo que en consecuencia reviste riesgo para la salud.

Fuente: telam

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