27/05/2025
Impulsan un proyecto de ley para desregular el ejercicio de la actividad inmobiliaria

Fuente: telam
Buscan eliminar la matrícula obligatoria, habilitar a operar sin título universitario y limitar el rol de los colegios profesionales
>Un diputado del PRO presentó en la Cámara baja un proyecto que tiene como objetivo liberalizar el marco normativo vigente para la actividad inmobiliaria. Entre otros puntos propone eliminar requisitos legales considerados restrictivos, como la obligatoriedad de matrícula y título universitario, y habilita a cualquier persona mayor de edad a participar del mercado inmobiliario sin necesidad de inscripción en registros profesionales.
Ya en febrero de este año desde la cartera de Desregulación habían dejado trascender que el presidente Entre los objetivos declarados en el proyecto se destacan “garantizar la libertad de ejercicio comercial”, “promover la competencia leal e innovación”, “respetar la autonomía de las partes” y “fomentar la libertad contractual”. Según el texto, los cambios propuestos contribuirían a reducir los costos para los consumidores, facilitar el ingreso de nuevos actores y modernizar el sector inmobiliario mediante la adopción de nuevas tecnologías.
El artículo 2 del proyecto de “Ley de Libertad Inmobiliaria”, presentado por Alejandro Bongiovanni, modifica la Ley 25.028 y establece que ya no será necesario contar con un título universitario para operar como intermediario inmobiliario. En ese sentido, el artículo 3 elimina la obligación de inscribirse en una matrícula profesional, aunque mantiene la opción de hacerlo de manera voluntaria, sin limitaciones geográficas. De este modo, cualquier persona que cumpla con ciertos requisitos administrativos podrá ejercer la actividad en todo el territorio nacional.Otro de los ejes centrales de la iniciativa es la restricción de las funciones de los colegios profesionales. La nueva redacción del artículo 4 de la Ley 20.266 señala que la matrícula profesional podrá ser gestionada por entidades privadas o cámaras sectoriales, excluyendo la intervención del Estado en su regulación y supervisión. Asimismo, se eliminan las sanciones administrativas por parte de autoridades colegiadas, y se establece que cualquier conflicto deberá resolverse exclusivamente en el ámbito de la Justicia ordinaria.En tanto, el artículo 6 prohíbe a entidades privadas o estatales la creación de legajos personales con efectos jurídicos sobre los intermediarios, y el artículo 7 habilita el ejercicio de la actividad sin limitaciones territoriales, derogando la obligación de reinscribirse en distintas jurisdicciones.Por otro lado, el proyecto propone la eliminación de los aranceles mínimos y honorarios fijos. En concreto, el artículo 9 establece que los intermediarios podrán pactar libremente sus comisiones con las partes, sin sujeción a tarifas establecidas por organismos públicos o privados. También se reconoce el derecho a recuperar gastos previamente acordados con el vendedor.
Fuente: telam
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