POLITICA
07/02/2025
Tercera victoria oficialista en Diputados: se aprobó el juicio en ausencia y ahora definirá el Senado
Fuente: telam
La iniciativa recibió 147 votos de libertarios, aliados, dialoguistas e incluso de un puñado de kirchneristas. Nueva división en el Frente de Todos. La izquierda, en contra
Seguido a ello viene el objeto, que apunta a delitos de lesa humanidad -así se explicó durante el debate- relacionados con el “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (artículos 6º, 7º, 8º y 8º bis), aprobado por ley 25.390 e implementado por ley 26.200″; y de “alguno de los instrumentos aplicables conforme el artículo 2º de la Convención Interamericana contra el Terrorismo, aprobada por ley 26.023, sean hechos cometidos en lugares públicos o privados”.
También, cuando se “hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho, con resultado infructuoso”, o al considerar “que se han hecho intentos razonables por tenerlo a derecho, entre otros casos, si: transcurridos cuatro (4) meses desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional, el imputado no pudo ser hallado”; “el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero ha sido denegado o no ha tenido respuesta en el plazo establecido, siempre que el Poder Ejecutivo nacional no hubiese admitido el juzgamiento en aquel país conforme a lo previsto en el artículo 64 de la Ley de Cooperación Internacional en Materia, 24.767″.
Asimismo, “toda persona condenada en ausencia podrá interponer un recurso de revisión contra la sentencia firme, siempre que existan hechos o elementos de prueba que, solos o unidos a los ya examinados en el proceso, demuestren que el hecho no existió, que el condenado no es responsable, que su participación en el hecho fue distinta de la establecida en la sentencia, que el hecho encuadra en una norma penal más favorable o que la pena impuesta no está justificada”.
Tailhade sí recordó el “enorme tiempo que demoran investigaciones penales” que después “tenemos que venir a salvar nosotros, cuando hay leyes específicas que ya regulan esas cuestiones”. Después, agregó que “no existe una defensa real efectiva” en la iniciativa, a la que calificó de “una ficción”, y advirtió que el “Estatuto de Roma no admite el juicio en ausencia, por lo cual tampoco resulta compatible”.
“Nuestro bloque de la Coalición Cívica tuvo el único dictamen de nulidad del memorándum con Irán porque violaba varios principios constitucionales. Imagínense si no será importante que haya la posibilidad de enjuiciar en ausencia si hoy esas personas están refugiadas en Irán. Hoy están refugiadas por la mera posibilidad o por los meros pedidos de captura. Imagínense si tuviesen condenas. Al menos, sabremos la verdad y al menos esas personas no podrán salir nunca de su país”, expresó el “lilito” Juan Manuel López.
Fuente: telam