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20/02/2026

El texto definitivo del proyecto de reforma laboral que se debatirá en el Senado, tras los cambios en Diputados

Fuente: telam

El proyecto que modifica condiciones de contratación, indemnizaciones y convenios obtuvo media sanción en la Cámara Baja y pasa a revisión en la Cámara Alta

>El Congreso de la Nación vivió una jornada clave con laLa votación, celebrada en la Cámara de Diputados, contó con el respaldo de bloques provinciales y la oposición de sectores que señalaron objeciones al articulado. El debate se centró en los puntos considerados estructurales: la limitación de las multas por trabajo no registrado, el nuevo esquema de indemnizaciones y la posibilidad de crear fondos de cese laboral por convenio colectivo. Además, se incorporaron disposiciones sobre períodos de prueba, modalidades contractuales, y regulación de asociaciones sindicales.

Uno de los puntos centrales del texto es la eliminación de las multas por falta de registro laboral, que según los impulsores del proyecto, promovía la litigiosidad y desalentaba la formalización. La normativa establece un régimen de incentivos para la regularización de trabajadores y crea condiciones para que las empresas puedan blanquear personal sin afrontar sanciones económicas superiores al resarcimiento laboral. El articulado contempla que los empleadores que regularicen la situación laboral no pagarán las multas establecidas en la Ley 24.013, aunque deberán abonar las diferencias salariales y previsionales.

El texto introduce cambios en el período de prueba, que se amplía a seis meses para la mayoría de los trabajadores y hasta ocho meses en empresas de hasta cinco empleados. Durante este lapso, la relación laboral podrá extinguirse sin derecho a indemnización, salvo que medie causa discriminatoria o represalia sindical. El empleador deberá registrar debidamente la relación y abonar los aportes correspondientes desde el primer día.

La reforma establece la posibilidad de que los convenios colectivos de trabajo acuerden la creación de fondos de cese laboral, que funcionarán como sistemas de capitalización individual. El empleador realizará un aporte mensual a nombre del trabajador, el cual se integrará a un fondo administrado por la entidad que determine el convenio. En caso de desvinculación, el trabajador podrá disponer del capital acumulado, que será considerado compensación por la terminación del vínculo laboral.

El articulado aprobado suprime el controvertido artículo 44, que había generado rechazos en parte de la oposición y el sindicalismo. Ese artículo proponía cambios sustanciales en los sistemas de representación gremial y en la negociación colectiva, lo que motivó su exclusión para facilitar el avance del proyecto en la Cámara Baja. La eliminación de ese punto permitió que el dictamen alcanzara la mayoría necesaria para su aprobación.

El proyecto incorpora, además, disposiciones sobre la extinción del contrato de trabajo, la certificación de servicios y la prioridad de los convenios colectivos sectoriales por sobre los acuerdos individuales. Se enfatiza el respeto al principio de irrenunciabilidad de los derechos reconocidos por la ley y los tratados internacionales ratificados por el país.

Fuente: telam

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